Oficio nº 020326 de 30 de Marzo de 2007, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; Código Sanitario; D.S. Nº 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 54, de 1969 y del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 594, del 1999, del Ministerio de Salud)
Esa Fiscalía, en la investigación Rol Único de Causa Nº 0600338491-6, por cuasidelito de homicidio y lesiones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 180 del Código Procesal Penal, ha ordenado a esta Superintendencia informar en relación con los siguientes puntos:
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Normativa dictada en relación con la prevención de riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en el especial en el rubro del transporte interurbano de pasajeros.
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Estudios efectuados por la Superintendencia o en que se hubiese participado, para el mejoramiento de los procedimientos del Seguro Social de la Ley Nº 16.744, pero limitado a las empresas del rubro de transporte interurbano de pasajeros.
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Estadísticas que mantiene la Superintendencia respecto de la seguridad y salud en el trabajo, pero limitado al transporte interurbano de pasajeros.
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Análisis y observaciones efectuados respecto de los Planes y Programas de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744, pero limitado al transporte interurbano de pasajeros.
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Participación que ha tenido esta Superintendencia en la fiscalización realizada en materias de seguridad y salud en el trabajo, en las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744, en especial en las empresas con Administración Delegada, pero limitado al transporte interurbano de pasajeros.
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Acciones ejecutadas por esta Superintendencia en relación con la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
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Evaluación del Sistema Higiene y Seguridad y Mejoramiento de los Ambientes del Trabajo, en las instituciones que presenten Programas de Mejoramiento de la Gestión relacionados con el tema señalado.
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Por último, solicita que en cuanto a la Empresa de Transportes Rurales Limitada, también denominada Tur Bus, con domicilio en Dolores 800, comuna de Estación Central, Santiago, y en relación con la Mutualidad a la cual se encuentra adscrita.
Esta Superintendencia, en cumplimiento de lo ordenado dará respuesta a sus consultas en el mismo orden en que han sido planteadas.
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El marco normativo, en materia de higiene y seguridad de general aplicación está establecido en la Ley N° 16.744 y sus reglamentos. Este cuerpo legal se encuentra enfocado a las prestaciones que otorga el Seguro Social Obligatorio contra Riesgos del Trabajo y Enfermedades Profesionales, no precisando disposiciones...
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