N°25.- Partición bienes. Nombramiento nuevo partidor - Partición de bienes. Práctica forense - Contratos - VLEX 844826012

N°25.- Partición bienes. Nombramiento nuevo partidor

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aMayo 2020

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LO PRINCIPAL: Se realice nombramiento de nuevo juez partidor, al haber transcurrido plazo legal. OTROSÍ: Acompaña documento en forma legal.

Señor Juez Letras ............., abogado, en Procedimiento sobre Nombramiento de Juez Partidor, caratulado “.....con....", en causa rol ..... a Usía, digo:

Que, vengo en solicitar se designe a un nuevo juez árbitro en esta causa, ya que la designada ..................., no cumplió con el encargo transcurriendo más de dos años, todo ello consta de presentación de aceptación del cargo de fecha..........., fecha que se cumplió el día....................................

Que, así procede un nuevo nombramiento, ordenándose la devolución de todos los antecedentes y actuaciones, con el fin de cumplir con la partición en nuevo plazo, mediante nuevo árbitro designado al efecto.

Las normas legales atingentes son especialmente el art.1322 del Código Civil, en relación al art.647 del Código de Procedimiento Civil.

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Que, el profesor Rubén Celis Rodríguez, ex – profesor de Derecho Civil, en la Universidad Mayor, Escuela de Derecho de Temuco, explica en su cátedra, lo expuesto al siguiente tenor:

PLAZO QUE TIENE EL PARTIDOR PARA DESEMPEÑAR SU ENCARGO.

El partidor para el desempeño de su cargo tiene un plazo de DOS AÑOS desde que aceptó el cargo (Art.1332 del Código Civil). El testador, si no lo nombra, no puede ampliar el plazo, pero sí reducirlo. Los comuneros pueden ampliar o reducir el plazo.

Por ser un plazo de años contemplado en el

Código Civil, es de días corridos, pero si se suspende la jurisdicción del partidor, se suspende también el plazo que tiene para fallar. (Art.647 C.P.C.)

Si se cumple el plazo sin que el partidor haya dictado sentencia, no...

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