N°1.- Nacionalidad. Requisitos para optar nacionalidad chilena - Nacionalidad - Legislación de Extranjeros. Formularios - Contratos - VLEX 838456549

N°1.- Nacionalidad. Requisitos para optar nacionalidad chilena

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Actualizado aEnero 2020

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Ver nota 7

  1. EXTRANJEROS EN GENERAL.

    1. Ser extranjero.

    2. Tener 18 años al momento de elevar la solicitud o 14 si cuenta con la autorización de quienes estén a cargo de su cuidado personal.

    3. Tener más de 5 años o más de residencia en Chile (este plazo se contará a partir de la fecha de estampado de la primera visación de residencia).

    4. Ser titular de permiso de Permanencia Definitiva Vigente.

    5. No haber sido condenado ni estar actualmente procesado por crimen o simple delito.

    6. Acreditar sustento económico.

  2. ESPAÑOLES: Convenio de Doble Nacionalidad.

    Tratándose de españoles nacidos en el territorio peninsular, Islas Baleares y Canarias, podrán optar al convenio de Doble Nacionalidad. Para tal efecto, deberá presentar Declaración Jurada Notarial en al cual solicita acogerse al Convenio de Doble Nacionalidad entre Chile y España.

  3. DOCUMENTACIÓN GENERAL.

    1. Llenado de solicitud. (“Solicitud de Nacionalidad”)

    2. Fotocopia notarial del último pasaporte (hoja de identificación); u otro documento de identidad personal de su país de origen, o el del país de su última residencia antes de venir a Chile.

      Sólo en caso de no contar con pasaporte u otro documento de identificación: Certificado del Cónsul o Agente Diplomático de su país, que certifique nacionalidad e identidad del solicitante.

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    3. En el caso de hijos de padre (s) nacionalizado(s) se deberá adjuntar necesariamente Certificado de Nacimiento o Certificado Consular, en que conste el nombre del padre(s); a fin de demostrar el vínculo con el peticionario.

    4. En el caso de extranjeros menores de 18 y mayores de 14, se deberá adjuntar la autorización notarial de ambos padre o de quien tenga su cuidado personal. En caso de fallecimiento de alguno de los padres, deberá adjuntar el certificado defunción. En caso que el cuidado personal lo tenga uno de los padres, o un tercero, deberá adjuntar copia del respectivo documento que lo acredite, emitido por autoridad competente, debidamente legalizada.

    5. Fotocopia de la Cédula de Identidad por ambas caras (obligatorio sólo para personas mayores de 18 años).

    6. Fotocopia del Certificado de Permanencia Definitiva.

    7. Certificado de vigencia de la Permanencia Definitiva, otorgado por Policía Internacional.

    8. Certificado de Antecedentes para fines especiales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

    9. Certificado de Antecedentes Penales o Judiciales Vigente, obtenido en su país de origen, u otorgado por su Representación...

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