Nº 4.- Querella. Incumplimiento comercial - Querella. Giro doloso cheques - Práctica Forense Procesal Civil. Tomo I: Demandas - Contratos - VLEX 856791804

Nº 4.- Querella. Incumplimiento comercial

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Actualizado aEnero 2021

Page 389

Materia: Querella acción penal privada.

Hecho punible: Giro doloso de cheque por incumplimiento comercial.

Procedimiento: Acción penal privada.

Querellante:

Rut:

Querellado:

Rut:

Abogado querellante:

Rut:

EN LO PRINCIPAL: Querella Criminal.

PRIMER OTROSI: Acompaña documentos;

SEGUNDO OTROSI: Diligencias.

TERCER OTROSI: Domicilio y Notificaciones.

CUARTO OTROSI: Medios de prueba; QUINTO OTROSI: Designación de Receptor Judicial; SEXTO OTROSI: Acredita personería; y SÉPTIMO OTROSI: Téngase presente.

Señor Juez Garantía

.............., abogado, en representación –según se acredita- de "...............", persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliaos en la ciudad de........................., actuando en su calidad de víctima para los efectos del artículo 108 del Código Procesal Penal, a Usía, digo:

En la representación que invisto, deduzco querella criminal en contra de ..........o, con domicilio en............; y en contra de todos quienes aquellos que resulten responsables, por las razones de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer:

  1. - El querellado ya individualizado, con fecha............giró el cheque serie..... por la suma de $...... de su cuenta corriente Nº .....del Banco.......,

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    sucursal......., para pagar una compra efectuada a mi representada, el cual al momento de ser cobrado al banco librado no fue pagado, pues fue protestado por una causal falsa o que no corresponde: orden de no pago por incumplimiento comercial., según consta del acta de protesto respectiva, causando con ello un perjuicio económico evidente a la querellante.

  2. - Que, de este modo el querellado dio la orden de no pago del documento con el ánimo de que no se pague el cheque, con lo cual se defrauda a quién lo recibió y, por lo tanto, pudo haber cometido alguno de los delitos de estafa tipificados en el artículo 467 (entrega fraudulenta), 468 (figura básica de la estafa), 469 y 470 (estafas especiales), todos del Código Penal; o bien pudo haberse cometido el delito de falsedad de instrumento privado mercantil tipificado en el art. 197 del Código Penal.-

  3. - Respecto del cheque antes individualizado, se efectuó la gestión preparatoria de la vía ejecutiva de notificación judicial de protesto de cheques, ante el ...º Juzgado de Letras de...., causa rol...... notificándose legalmente la demanda al deudor, sin que éste haya consignado dentro de tercero día el total del capital, intereses y costas...

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