Nº 23.- Ejecutivo. Demanda. Cumplimiento obligación de dar - Procedimiento ejecutivo - Práctica Forense Procesal Civil. Tomo I: Demandas - Contratos - VLEX 856791784

Nº 23.- Ejecutivo. Demanda. Cumplimiento obligación de dar

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Actualizado aEnero 2021

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Procedimiento: Ejecutivo

Materia: Cumplimiento de obligación de dar (C17)

Demandante:

Abogado patrocinante:

Rut:

Demandado:

Rut:

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EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo.

PRIMER OTROSI: Señala bienes para la traba y depositario;

SEGUNDO OTROSI: Acompaña documentos y custodia; y

TERCER OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Letras

...................., de profesión .........., domiciliado en la ciudad de......................, a Usía, digo:

Que, consta de la copia autorizada de la escritura pública que acompaño, de fecha ...de ........ de 20..., ante el Notario de .........., don ...................., que, en virtud del contrato de .........., de que da cuenta dicha escritura, don ...................., de profesión .........., domiciliado en la ciudad de ........................, se constituyó en mi deudor por la suma de $.........., reajustada en la misma proporción en que aumente el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C) entre el mes anterior al contrato; esto es, el mes de .......... de 19....., y el mes anterior al del pago efectivo. Sobre la cantidad reajustada, se pactó un interés de .....% anual, agregándose que, en caso de mora o de simple retardo, este interés se elevará a ....% anual.

La suma adeudada se debía pagar en .......... cuotas mensuales y sucesivas con vencimiento los días .... de cada mes, de $........, cada una, más los reajustes e intereses, correspondientes a cada pago. El demandado sólo pagó las cuotas correspondientes a los meses de ......... a ........., adeudándome, en consecuencia, las restantes, que ascienden a $.........., más el interés moratorio pactado.

Se pactó que la mora o el simple retardo en el pago de .......... cuotas haría exigible el total insoluto, como si fuera de plazo vencido. De ahí, que demande, por el presente libelo, el total adeudado con sus reajustes y con los

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intereses moratorios correspondientes, sobre la cantidad reajustada, ya dicha.

La obligación es líquida o liquidable, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.

POR TANTO:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en el art.25 de la Ley 18.010 y art. 4342 y Ss., del Código de Procedimiento Civil.

PIDO A USÍA:

Decrete tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don ...................., ya individualizado, por la suma de $.........., reajustada en la proporción que experimente el Índice de Precios al Consumidor conforme...

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