A modo de colofón: de la ciencia a la teoría general de la prueba jurídica, pasando por la prueba pericial - Núm. 34, Enero 2018 - Anuario de Filosofía Jurídica y Social - Libros y Revistas - VLEX 850234043

A modo de colofón: de la ciencia a la teoría general de la prueba jurídica, pasando por la prueba pericial

AutorDiego Dei Vecchi
CargoInvestigador Postdoctoral. Universitat de Girona. Facultad de Derecho. Girona, España
Páginas103-119
103 Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº34 (2018), Páginas 101-119
Sociedad Chilena de Filosofía Jurídica y Social
A MODO DE COLOFÓN: DE
LA CIENCIA A LA TEORÍA
GENERAL DE LA PRUEBA
JURÍDICA, PASANDO POR
LA PRUEBA PERICIAL
Diego Dei Vecchi
Investigador Postdoctoral.
Universitat de Girona. Facultad de
Derecho. Girona, España.
diego.deivecchi@udg.edu
RESUMEN
PALABRAS CLAVE
prueba – pericial – relevancia
– teoría general de la prueba
A KIND OF COLOPHON:
FROM SCIENCE TO
GENERAL THEORY OF
LEGAL PROOF THROUGH
EXPERT TESTIMONY
ABSTRACT
The article constitutes a kind of
epilogue to the discussion taken
place in Valdivia in 2017 around
the book of Carmen Vázquez: De
la prueba científica a la prueba
pericial. The author tries to
enlighten the importance some
studies regarding particular kinds
of evidence, the one discussed
in Escritores abogan por sus
libros between them, have for
illuminating aspects of the
general theory of legal proof.
KEYWORDS
proof – expert testimony
– relevance – general
theory of legal proof
El presente texto funge de epílogo
frente a la fecunda discusión que
tuvo lugar en Valdivia en el año
2017 en torno a De la prueba
científica a la prueba pericial,
de Carmen Vázquez. El autor
intenta resaltar la importancia
que algunos estudios acerca de
medios de prueba en particular,
el que fue objeto de discusión
en Escritores abogan por sus
libros entre ellos, poseen la teoría
general de la prueba jurídica.
104
A modo de colofón: De la ciencia a la teoría general de la prueba jurídica, pasando por la prueba pericial
Anuario de Filosofía Jurídica y Social, Nº34 (2018) - ISSN-0719-4455 - Chile
Hace ya algunas décadas, corrigiendo una omisión que no estuvo lejos
de volverse crónica, el estudio del razonamiento probatorio en el ámbito
jurídico comenzó a ser tomado en serio. El libro de Carmen Vázquez
(Vázquez, 2015)1 sometido a escrutinio en el marco de Escritores abogan
por sus libros, como señala Daniela Accatino en su contribución, es un claro
exponente de la línea de pensamiento que más en serio se ha tomado ese
estudio: la llamada concepción racionalista de la prueba.
En los últimos años han aparecido innumerables trabajos que se inscriben
en esta tradición, la mayor parte de ellos preocupados por cuestiones de
carácter general. De la prueba científica a la prueba pericial, en cambio, es
un trabajo que ―tomando prestada la terminología usual del derecho penal
sustantivo― podría considerarse como propio de la parte especial de los
asuntos probatorios. Se trata, en efecto, de un esfuerzo por aprovechar al
máximo las enseñanzas de la epistemología, de la filosofía de la ciencia y
de los estudios generales sobre la prueba jurídica para analizar cuestiones
propias y específicas de un medio probatorio en particular como es la
prueba pericial.
Lo que en este breve espacio me gustaría resaltar es cómo estudios de
parte especial como el que nos ocupa pueden, también, dejar enseñanzas
o sugerencias de alcance general, lo que mostraría una retroalimentación
entre los estudios generales sobre el razonamiento probatorio y aquellos
dedicados a medios probatorios específicos. En este caso, creo que muchos
de los problemas abordados en el libro impulsan a sugerir conexiones
decisivas entre algunos conceptos generales en apariencia independientes.
Estoy aludiendo a los conceptos de “relevancia”, “fiabilidad” y “valor” de la
prueba. Estos conceptos juegan un rol crucial, aunque no solo, especialmente
en dos momentos de la actividad probatoria, a saber: el de la admisión del
medio de prueba y el de la valoración de los elementos de prueba. Los
conceptos de relevancia, fiabilidad y valor, así como su incidencia en los
dos momentos aludidos de la actividad probatoria, adoptan una peculiar
fisionomía en lo que a la prueba pericial respecta. La obra comentada
trasluce esa peculiaridad, aunque quizás sin hacer explícitas todas sus
consecuencias, lo cual ha generado varias de las inquietudes explicitadas,
1 En adelante citaré este trabajo indicando tan solo los números de página entre paréntesis.

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