Modificación del sistema de gratificaciones - Núm. 329, Julio 2021 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 870287561

Modificación del sistema de gratificaciones

Páginas25-25
libertad y desarrollo | lyd.org
Nuestro actual sistema de gratificaciones, que se
consagra en el Código del Trabajo, es de larga data
y tuvo su última modificación hace tres décadas.
Considerando este antecedente, un grupo de dipu-
tados presentó un proyecto de ley con el objeto de
modificarlo y actualizarlo para que, a través de este
mecanismo, y tal como se expresa en el mismo texto
de la moción, se ponga “fin a las inequidades en la
distribución de la riqueza en Chile y se consiga un
mayor grado de identificación de los trabajadores
con las empresas, incrementando de este modo la
productividad de las mismas”.
En concreto, el proyecto de ley modifica los actuales
artículos 47 y 50 del Código del Trabajo. Respecto del
artículo 47, se eliminaría la frase “incluidos los que no
tengan derechos”, lo que en la práctica tiene el efecto
de que al excluir a aquellos trabajadores que no tienen
derecho a recibir gratificación de la base de cálculo,
disminuye el número de beneficiarios y, por ende,
aumenta el valor de la gratificación. En relación al artí-
culo 50, se eliminaría el actual tope de 4,75 ingresos
mínimos mensuales y se mantendría esta alternativa
de pago siempre que el monto de dicha gratificación
sea mayor a la que se pagaría conforme a lo estable-
cido en el artículo 47, lo que en la práctica supone una
derogación tácita del artículo 50, por lo cual todas las
empresas deberán repartir como gratificación el 30%
de las utilidades obtenidas en el año.
Sin embargo, la propuesta no altera la distribución
del ingreso en la empresa y tampoco logra alinear los
intereses de los trabajadores con los de la empresa
para generar incentivos e incidir en la productivi-
dad. Por el contrario, se estima que eleva de manera
sustancial el costo laboral, sobre todo en empre-
sas que son más intensas en capital; incrementa las
diferencias entre aquellos trabajadores con mayor
remuneración y aquellos con menor; no considera la
realidad de las pequeñas y medianas empresas, quie-
nes serían las más afectadas en caso de aprobarse
el proyecto tal como fue presentado, fomentando la
informalidad; y produciría distorsiones en el merca-
do laboral que causarían, entre otros, la destrucción
de puestos de trabajo.
Ahora bien, y siendo adecuado buscar maneras de
incentivar a los trabajadores para lograr un mejor
desempeño de la empresa, parece razonable que
ello esté asociado a resultados del equipo de trabajo
en relación a metas definidas previamente, tal como
ocurre con gran éxito en la minería o siguiendo un
mecanismo como el establecido en la administra-
ción pública con los Programas de Mejoramiento
de Gestión (PMG). De esta forma, y a diferencia de
lo que ocurre con las utilidades, el trabajador tiene
control y puede incidir en los resultados, por lo que
los beneficios que se obtienen de los mismos se
perciben como cercanos y propios.
CONGRESO
25
VALORACIÓN:
MODIFICACIÓN
DEL SISTEMA
DE GRATIFICACIONES
Cinco círculos: digno de aprobación sin modificaciones · Cuatro círculos: digno de aprobación con modificaciones menores · Tres círculos: requie-
re mejoras sustanciales · Dos círculos: debe ser reformulado íntegramente · Un círculo: no debiera ser aprobado (idea de legislar objetable).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR