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Modifica la ley N°20.422, para incorporar un marco regulatorio aplicable a quienes se dedican al cuidado de personas con discapacidad

Fecha14 Noviembre 2018
Fecha de registro14 Noviembre 2018
Número de Iniciativa12239-31
MateriaCUIDADO DE PERSONAS, PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Autor de la iniciativaCastillo Muñoz, Natalia, Castro González, Juan Luis, Del Real Mihovilovic, Catalina, Ibáñez Cotroneo, Diego, Keitel Bianchi, Sebastián, Marzán Pinto, Carolina, Mellado Pino, Cosme, Naranjo Ortíz, Jaime, Olivera De La Fuente, Erika, Velásquez Núñez, Esteban
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Salud
Tipo de proyectoProyecto de ley

Cámara de Diputados





Modifica la ley N°20.422, para incorporar un marco regulatorio aplicable a quienes se dedican al cuidado de personas con discapacidad


Boletín N°12239-31



  1. FUNDAMENTOS.

1.- Según el II Estudio Nacional de la Discapacidad del año 2015, del Ministerio de Desarrollo Social1, la población estimada de personas en situación de discapacidad mayores de 18 años alcanzaba los 2.606.914, correspondiente al 14,83% de la población al compararlo con datos actualizados del CENSO 2017. De éste porcentaje de población señalado, 1.082.152 personas están en situación de discapacidad severa.


2.- En el año 2016, el II Estudio Nacional de la Discapacidad del año 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, puso a disposición los resultados sobre la medición de discapacidad en la población de 2 a 17 años, los cuales indican que 229.904 niños, niñas y adolescentes están en situación de discapacidad. Si ese número es sumado a las cifras de discapacidad de mayores de 18 años, se evidencia que 2.836.818 de personas en Chile se encuentran en dicha situación, lo cual equivale al 16,7 % de la población nacional.


3.- En coexistencia con la realidad descrita, están las y los cuidadores de dichas personas. En el mismo estudio individualizado para los mayores de 18 años se indica que el 46,1% de las personas con discapacidad declaran la necesidad de contar con una cuidadora y que el 41,2 % cuenta con una. En este punto, la situación es grave y muchas veces, se torna insostenible, ya que dicha función en la mayoría de los casos implica una dedicación a tiempo completo, generando distintos niveles de postergación, en post del cuidado de aquella persona que sufre algún grado de discapacidad. En el caso de la población que oscila entre los 2 y los 17 años, el 94,5% es cuidado por personas que no reciben remuneración alguna, lo que da entender que los cuidados de los niños, niñas y adolescentes están siendo encargados a cuidadores informales que, en la mayoría de los casos, corresponden a la propia familia y, por cierto, se constituye como una tarea que se encuentran altamente feminizada. La situación anteriormente descrita, no dista de la realidad que viven las y los cuidadores de personas mayores de edad.


4.- A pesar de los datos anteriormente mencionados, la legislación chilena ha sido incapaz de reconocer y proteger la existencia de personas que dedican su vida a tiempo completo al cuidado de personas con discapacidad, sin recibir remuneración alguna por ello. El único cuerpo normativo que hace una mínima referencia, al solo conceptualizar lo que se debe entender por cuidador, es la Ley 20.422, en el literal d) del artículo 6.


5.- La carencia de protección y apoyo a las personas encargadas fácticamente de los cuidados, ha generado que la comunidad evidencie diversos problemas físicos, psicológicos y emocionales, manifestando un desgaste severo en diversas áreas de sus vidas. Organizaciones como “Yo cuido” y “Mamá Terapeuta” han revelado que las personas encargadas de los cuidados han padecido grandes niveles de postergación profesional, afectación a la calidad de vida familiar y disminución de las capacidades económicas al destinar el tiempo completo a las labores de cuidado.

A mayor abundamiento, clínicamente se habla del llamado “Síndrome del Cuidador/a” sobre el cual existen grandes deficiencias teóricas y metodológicas para su manejo pero, aún con ello, no se desconoce que la tarea de cuidar involucra una gran responsabilidad y un enorme esfuerzo que provoca un aumento en la carga del cuidador que si no se logra manejar adecuadamente puede traer repercusiones físicas, mentales y socioeconómicas, comprometiendo la vida, la salud, el bienestar, el cuidado y autocuidado no sólo del cuidador, sino también de la persona dependiente.


6.- La situación descrita es aún más gravosa al observar en el estudio ya individualizado, que el 73,9% de los cuidadores de personas con discapacidad que están en sus casas, son mujeres, ello da cuenta de una desigualdad de género que se acentúa aún más cuando presenciamos que la legislación chilena no avanza en el reconocimiento de esta realidad y no proporciona el apoyo que merecen estas mujeres dedicadas al cuidado. Es por ello que, avanzar en el principio de corresponsabilidad de los cuidados resulta crucial, permitiéndonos también erradicar patrones de división sexual del trabajo, al igual que instaurar a las y los cuidadores como sujetos de derechos y protección por parte del ordenamiento jurídico.


7.- Las y los cuidadores son sujetos de derechos humanos, tal como lo son las personas con discapacidad y cualquiera por el hecho de ser tal. Hoy en día, la invisibilización a la que se enfrentan atenta contra sus derechos fundamentales y, al hacerlo, también se ven afectados aquéllos a quienes diariamente cuidan.

Chile suscribió hace 10 años la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, la cual protege y asegura todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad -en igualdad de condiciones- y...

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