Modifica la ley N° 21.076, para exigir a las empresas concesionarias del servicio público de distribución asumir el costo asociado al reemplazo de medidores y empalme
Fecha | 05 Marzo 2019 |
Número de Iniciativa | 12444-08 |
Fecha de registro | 05 Marzo 2019 |
Materia | EMPALMES ELÉCTRICOS, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS |
Autor de la iniciativa | Ilabaca Cerda, Marcos, Leiva Carvajal, Raúl, Naranjo Ortíz, Jaime, Nuyado Ancapichún, Emilia, Saavedra Chandía, Gastón |
Etapa | Segundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Minería y Energía |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Deroga la ley N°21.076, que Modifica la ley General de Servicios Eléctricos para imponer a la empresa distribuidora de energía la obligación de solventar el retiro y reposición del empalme y medidor en caso de inutilización de las instalaciones por fuerza mayor
Boletín N°12444-08
El precio de la energía eléctrica en Chile ha sido de los más altos de Sudamérica en los últimos años. Si bien luego del proceso de licitación del año 2017, los precios promedio de los megavatio-hora disminuyeron de forma relevante y esto se debería reflejar gradualmente en las cuentas que pagan todos los chilenos mes a mes; la regulación de este mercado es perfectible y debe ir mejorando para permitir que los menores costos asociados a los procesos de licitación se traspasen rápida y efectivamente a los clientes. Del mismo modo, la regulación debe avanzar de manera tal, que se eliminen progresivamente aquellas situaciones que puedan dar origen a abusos en contra de los consumidores, atendido el carácter oligopólico del mercado de la energía eléctrica.
El año recién pasado entró en vigencia la Ley nº 21.076, que si bien en su génesis pretendía liberar a los usuarios del pago por reemplazo de empalmes y medidores en los casos en que estos resultasen destruidos por fuerza mayor. El texto que finalmente se aprobó, junto con lograr su objetivo generó otro ajeno y contradictorio a las ideas matrices del proyecto original, cual es que traspasó en propiedad los empalmes y medidores a las concesionarias del servicio público, pero radicó el cargo del costo del reemplazo de ellos en los consumidores, a través de la autorización genérica que estableció para incorporar remuneraciones por este concepto en las fórmulas tarifarias. De este modo los usuarios mantienen la propiedad de los medidores tradicionales, pero estos se volverán inútiles con el cambio tecnológico que las empresas concesionarias pretenden generar a través de la instalación de los nuevos “medidores inteligentes”, los que serán gradualmente pagados por los usuarios, pero formarán parte del patrimonio de las empresas.
Si bien la agregación de los costos de reemplazo de los medidores eléctricos domiciliarios que se incorporarán en las tarifas no...
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