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Modifica la ley N° 19.227, con el objeto de establecer garantías e incentivos para fomentar el libro y la lectura

Fecha25 Octubre 2018
Número de Iniciativa12253-24
Fecha de registro25 Octubre 2018
MateriaFOMENTO DEL LIBRO Y LA LECTURA
Autor de la iniciativaAscencio Mansilla, Gabriel, Díaz Díaz, Marcelo, Orsini Pascal, Maite, Rosas Barrientos, Patricio, Yeomans Araya, Gael
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Educación y Cultura
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE GARANTIZA FUNCIONAMIENTO DE OFICINAS REGIONALES A LA CONADI

Cámara de Diputados


Modifica la ley N° 19.227, con el objeto de establecer garantías e incentivos para fomentar el libro y la lectura

Boletín N°12253-24


1. Fundamentos.- El libro cumple una función social, pues favorece la capacidad de razonamiento, la creatividad, las inquietudes intelectuales, el pensamiento abstracto, la sensibilidad y el espíritu crítico. El apoyo al libro, a la lectura y sus promotores resultan esenciales para democratizar el acceso al libro y consolidar el hábito de lectura en la población.


A partir de la dictación de la ley N&61616;19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y Creaciones Literarias, el Estado reconoce en el libro y en la creación literaria instrumentos eficaces e indispensables para el incremento y la transmisión de la cultura, el desarrollo de la identidad nacional y la formación de la juventud. Lo anterior es consecuencia de la consideración del libro como uno de los medios fundamentales para la expresión y la circulación de las ideas, que sirven, además, para alimentar una cultura nacional sobre la base del ejercicio de la libertad de expresión, que es la premisa indispensable para la creación, promoción, distribución y goce pleno de todo el quehacer humano que constituye la cultura.


La creación del fondo en la ley antes aludida es un avance significativo, pero la administración a cargo del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (originalmente esta labor correspondía al Ministerio de Educación) no es la única manera de fomentar la lectura, pues requiere una reorientación de los principios garantizadores, así como también la ampliación de ciertos beneficios que estimulen la actividad. En este último aspecto, resulta ineludible tratar el de índole tributaria. Sabido es que el actual régimen de aplicación del impuesto a las ventas y servicios, como el de la renta a quienes desarrollan esta clase de actividades, sólo tiene explicación en el síndrome de codicia fiscal, pues, resulta inentendible que otros ámbito de la economía reciban beneficios tributarios de envergadura (v. gr., gran minería del cobre, IVA en la construcción, etc.) y no se consagre un régimen definitivamente benevolente con miras a fomentar la cultura y la educación, hoy –en muchos casos-, con precios prohibitivos y cuyo admisión en el derecho comparado según la opinión dominante1. En este contexto el beneficio tributario del art. 10 de la ley 19.227 es claramente insignificante.



El año 2011, el CNCA y el Centro de Microdatos de la Universidad de Chile publicaron el Estudio de Comportamiento Lector2. La investigación concluyó que el 84% de los chilenos no comprende lo que lee, mientras el 13,5% tiene media comprensión de lectura y apenas un 2,5% tiene comprensión de lectura. Por otro lado, un estudio de CERLALC-UNESCO (2012)3 sostiene que en Chile, Colombia y México, las motivaciones de lecturas están asociadas a las exigencias académicas o de estudio, más que a leer por iniciativa propia. Dicha publicación estima que Chile es el país de Latinoamérica en el que menos se lee voluntariamente, con 53% que no lee y 40% que declara no leer por placer. Por el contrario, sólo el 7% lo hace por gusto. Estas cifras dan cuenta de una realidad tan preocupante como –lamentablemente- esperada: existe una enorme brecha entre la cantidad de personas que han incorporado a su vida el hábito de leer, y la mayoría de chilenos/as que no lo hace. Los números son un reflejo de que la desigualdad de nuestra sociedad no sólo se replica en términos económicos, sociales y políticos, sino también en los aspectos culturales. El acceso a la cultura, en general, y a los libros, en particular, no es igualitario ni inclusivo, y debemos luchar porque sí lo sea.


Según las estadísticas de la Cámara Chilena del Libro, durante el año 2013 se registraron 5.952 títulos de producción editorial, cifra que ha ido aumentando significativamente desde los 2.420 títulos registrados en el año 2000.4 Entre ellos, los libros más “consumidos” tratan sobre educación y literatura en general. Además se registraron 881 autoediciones en 2013, casi el triple de las registradas en el año 2000. Lo anterior da cuenta de un aumento explosivo en la producción editorial y de autoediciones en los últimos años, lo cual no se condice con las cifras sobre consumo cultural.


A partir de los datos de la Segunda Encuesta Nacional de Participación y Consumo Cultural (ENPCC), del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (2011)5, apenas el 41% de los encuestados reconoce haber leído al menos un libro en los últimos doce meses, mientras el 54% declaró no haberlo hecho. Entre los últimos encuestados, las principales razones por las cuales NO leen se explican por falta de tiempo (33,4%), falta de interés (26,3%) y falta de costumbre (21,8%). Los que tienen menos tiempo son el segmento de personas entre 30 y 44 años, y quienes están mayormente desinteresados en la lectura son los jóvenes de 15 a 29 años. Además, los resultados del informe confirman que a mayor nivel socioeconómico, mayor es la proporción de personas que ha leído al menos un libro por año (73% en el segmento ABC1).


Atendida la necesidad de fomentar la lectura, también resulta necesario hacerse responsable de las condiciones en las que se producen los libros. En tiempos donde la importancia de la sostenibilidad comienza a ser introducida en el imaginario colectivo, cobra especial sentido el fomento de materiales ecológicos para la producción de libros y documentos. En aras de contribuir a la reducción del impacto ambiental, se torna preponderante la utilización del papel ecológico, el cual se acredita por una serie de normas internacionales. Una de ellas es la Blauer Engel, certificación alemana que determina si el papel ha sido blanqueado. También existe el papel libre de cloro elemental (ECF), cuyo blanqueado utiliza dióxido de cloro, y el papel totalmente libre de cloro (TCF), en el que se usa oxígeno u ozono en vez de cloro, potente contaminador.


En razón de todo lo anterior, este proyecto busca aportar a las medidas que apuntan a paliar la crisis de la lectura en Chile. No puede ser que el acceso a los libros siga siendo más asequible para los sectores más acomodados, mientras las personas cuyo nivel socioeconómico es menor se ven privados de los beneficios que trae consigo la lectura. También resulta necesario adoptar medidas que inculquen el valor de la lectura desde la infancia. Esto conlleva la aplicación de programas en educación y cambios en la legislación, lo cual implica llevar adelante un lento pero necesario proceso a largo plazo.

En medio de la discusión sobre la reforma educacional y en miras al debate sobre el cambio constitucional, es menester tomar el peso a la importancia de la lectura en la formación de una ciudadanía pensante y participativa. Si queremos desarrollarnos como sociedad y forjar una identidad nacional que tenga entre sus pilares la idea de un sentido de comunidad, necesitamos democratizar, garantizar y fomentar el acceso a los libros a través de todas las instancias posibles.



2. Derecho comparado.- Sobre el particular existen diversos antecedentes, entre ellos, la señera ley Uruguaya núm. 15.913 de 1987, que en sus disposiciones declara: “…de interés nacional la producción, impresión, edición, coedición, introducción, comercialización y difusión del libro.&8232;En virtud de esta declaración, se aplicarán medidas de asistencia crediticia directa, franquicias fiscales y otras facilidades, de acuerdo con la presente ley y su reglamentación”; la ley 58 del 21 de noviembre de 1989, o ley del libro de la República de Guatemala, de importante influencia en la ley chilena; la ley nacional N&61616;25.446 de la República Argentina6, que si bien en un despliegue de garantías y fomento al libro, resulta interesante por el decidido impulso con un...

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