Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 932527590

Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito

Fecha de registro24 Mayo 2023
Número de Iniciativa15940-25
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE FORTALECE EL ROL DE LAS MUNICIPALIDADES EN LA PREVENCIÓN DEL DELITO Y SEGURIDAD PÚBLICA.

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Santiago, 24 de mayo de 2023.





M E N S A J E Nº 062-371/







Honorable Cámara de Diputadas y Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADAS Y

DIPUTADOS









En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito.



  1. ANTECEDENTES


  1. Políticas anteriores sobre seguridad pública en municipalidades



Aumentar la participación de las municipalidades en materia de seguridad pública, ha sido una preocupación creciente en las políticas de seguridad de los distintos gobiernos durante las últimas décadas. Entre las diferentes iniciativas impulsadas en esta materia durante los últimos años, corresponde destacar el Programa de Seguridad y Participación Ciudadana también conocido como el “Programa Comuna Segura - Compromiso 100” implementado durante el gobierno del Presidente Ricardo Lagos. A través de esta iniciativa se permitió instalar en cada una de las comunas intervenidas un Consejo de Seguridad Ciudadana y un Plan Comunal de Seguridad Pública1.

Durante los gobiernos de la Presidenta Michelle Bachelet se implementaron también varias medidas que apuntaban a perfeccionar los mecanismos de prevención y seguridad pública. Así, se impulsó, por ejemplo, la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, que tuvo por objeto materializar los desafíos planteados por la Política Nacional de Seguridad anterior. Asimismo, se sustituyó el Programa Comuna Segura - Compromiso 100 por los planes comunales de seguridad pública. Estas modificaciones permitieron avanzar desde una lógica de programa centrado en acciones particulares a una gestión en seguridad organizada en torno a una visión estratégica desarrollada por el conjunto de los actores locales desde la propia comuna.

En particular, durante el segundo mandato de la Presidenta Michelle Bachelet, en el marco del Plan de Gobierno denominado “Seguridad para Todos” se generó el Programa Plan Comunal de Seguridad Pública. Este Programa se enmarcó dentro del proceso de descentralización de la gestión pública y de impulso a la participación ciudadana. También, durante este periodo se presentó y publicó la ley N° 20.965, que tuvo por objeto crear los consejos y los planes comunales de seguridad pública a nivel legal.



Por su parte, los gobiernos del Presidente Sebastián Piñera también contribuyeron en gran medida a mejorar la regulación sobre prevención del delito y seguridad pública enfocada en las municipalidad. Así, destaca especialmente la implementación del Programa Red Nacional de Seguridad Pública, cuyo objetivo era aportar a la prevención del delito y la violencia en el marco de la ley N° 20.965, mejorando las condiciones de vida de los habitantes de las comunas del país. Dentro de sus componentes se encontraba: 1) Asistencia técnica para la formulación o actualización de planes comunales de seguridad pública; 2) Asistencia técnica para la ejecución de los planes comunales de seguridad pública; y 3) Financiamiento de proyectos de prevención del delito2.

Por último, en el año 2018, en el marco del Acuerdo Nacional por la Seguridad Pública, se conformó una subcomisión destinada a analizar el rol de los municipios en temas de seguridad pública. El objetivo era, entre otras materias, responder a la necesidad planteada por varios alcaldes y alcaldesas en orden a regular, a nivel legal, las atribuciones de las municipalidades en la prevención del delito desde una perspectiva local.

  1. Plan Nacional de Seguridad Pública y Prevención del Delito


El gobierno del Presidente Gabriel Boric ha decidido continuar y fortalecer el camino trazado por los gobiernos anteriores, formulando un Plan Nacional de Seguridad Pública y Prevención del Delito proyectado para el periodo 2022 - 2026. Este plan se centra en el desafío de disminuir las brechas de desigualdad en el acceso a la seguridad. Para ello, se busca avanzar hacia un mínimo común preventivo para que todas las comunas y territorios puedan contar con las herramientas necesarias para la prevención del delito de conformidad con sus propias características.

Ahora bien, en relación específica con el Plan, este también busca lograr otros dos objetivos. Por un lado, busca aumentar la participación ciudadana en la elaboración y validación de planes comunales de seguridad pública y, por otro lado, se ha querido fortalecer el rol preventivo de las municipalidades por la vía de destinar un mayor financiamiento para cubrir acciones orientadas a lograr dicho fin que se encuentran establecidas en la ley N° 20.965.

En este contexto, se ha instaurado el Sistema Nacional de Seguridad Municipal como nuevo programa de la Subsecretaría de Prevención del Delito, que pone fin a la concursabilidad de los recursos para municipios y aumenta en un 65% el financiamiento, de conformidad con la Ley de Presupuestos para el año 2023.

Este programa contempla tres componentes en su ejecución: 1) Plan de Formación y Asistencia Técnica; 2) Financiamiento de proyectos de prevención del delito; 3) Incubadora de proyectos de innovación. Además, en alianza con el Departamento de Coordinación con la Seguridad Municipal de Carabineros de Chile (en adelante, “OS-14”), se programan cursos de formación para patrulleros municipales, permitiendo fortalecer su labor en el marco de los patrullajes mixtos; y, en alianza con la Academia de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, se proyectan dos diplomados para equipos municipales dictados por la Universidad de Chile, junto con cursos online asincrónicos para fortalecer las labores operativas en materia de seguridad. Finalmente, se desarrolla un mecanismo para la distribución de recursos con enfoque de equidad territorial denominado “Índice Más Equidad Más Seguridad”.



Hasta el momento, pueden identificarse varias iniciativas que han propendido a fortalecer los mecanismos y los recursos con los que cuentan las municipalidades para dedicarse a temas de prevención del delito y seguridad pública. Sin embargo, se estima que existen todavía varias áreas que pueden ser reforzadas. Por ejemplo, en torno al rol específico que le incumbe a la o el alcalde en atención a estas materias o la existencia organizaciones locales que puedan entregar información valiosa sobre la comisión de delitos, así como la regulación del ejercicio de la seguridad municipal en terreno. Por estas razones, una de las iniciativas que forma parte del plan propuesto por el Presidente Boric es, precisamente, la presentación de este proyecto de ley que busca fortalecer de manera directa el rol que tienen las municipalidades en la prevención del delito y seguridad pública, proponiendo de manera especial una regulación completa sobre las facultades de las y los inspectores de seguridad municipal, materia que hasta el momento se encuentra escasamente regulada, así como el establecimiento de institucionalidad apropiada que permita recolectar datos relevantes a nivel local sobre seguridad y formular medidas específicas para afrontar el fenómeno.

  1. FUNDAMENTOS

A pesar de las políticas, programas y leyes referidas al rol coadyuvante que le corresponde ejercer al municipio en el ámbito de la seguridad pública, esta potestad tiene hoy una escasa regulación. Lo anterior ha generado, entre otras, dificultades para los funcionarios municipales que ejercen labores de seguridad y deficiencias en las estrategias y políticas en materia de seguridad a nivel local.

A partir de la promulgación de la ley Nº 20.965, las municipalidades han aumentado la contratación de funcionarios de seguridad con el objeto principal de desempeñar labores de patrullaje preventivo. Asimismo, han celebrado diversos convenios con Carabineros de Chile para permitir patrullajes mixtos y así cumplir de mejor manera su rol coadyuvante en materia de seguridad pública y prevención del delito.

A pesar de lo anterior, no existe un marco regulatorio sistematizado sobre el personal de seguridad municipal referido3, ni una denominación común entre las distintas entidades edilicias del país (inspectores, guardias, personal de seguridad, funcionarios de seguridad, etcétera). Así, pese a la importante función que cumplen, no se establecen requisitos especiales para su contratación.

Tampoco existe a nivel legal una regulación detallada de sus funciones y atribuciones, lo que conlleva una serie de dificultades interpretativas sobre el verdadero alcance de sus competencias y limitaciones. Lo anterior, ha tenido que ser aclarado en más de una ocasión por la Contraloría General de la República, por ejemplo, dictámenes N° 12.287 de 2002; N° 24.108 de 2009; N° 46.880 de 2010; N° 75.296 de 2013; y N° 15.919 de 2017.

En este mismo sentido, tampoco existe un estatuto para este personal municipal. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la planta solo puede modificarse cada ocho años, por lo que la contratación de este tipo de servicios se realiza a través de personas jurídicas de derecho privado. Cabe señalar que este...

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