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Modifica la ley General de Educación, para asegurar la protección de los integrantes de la comunidad escolar en casos de violencia al interior de los establecimientos educacionales

Fecha01 Agosto 2018
Fecha de registro01 Agosto 2018
Número de Iniciativa11963-04
MateriaVIOLENCIA AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
Autor de la iniciativaCariola Oliva, Karol, Girardi Lavín, Cristina, Rojas Valderrama, Camila, Santana Castillo, Juan, Vallejo Dowling, Camila, Winter Etcheberry, Gonzalo
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Educación y Cultura
Tipo de proyectoProyecto de ley

Modifica la ley General de Educación, para asegurar la protección de los integrantes de la comunidad escolar en casos de violencia al interior de los establecimientos educacionales


Boletín N°11963-04


(LEY CONTRA LA VIOLENCIA EN LAS COMUNIDADES ESCOLARES)


  1. ANTECEDENTES


Los hechos de violencia son diversos, tanto en el grado de intensidad como en las relaciones interpersonales involucradas, pero siempre afectan la integridad física y psíquica de las víctimas, especialmente, cuando afecta a niñas, niños o adolescentes, pues convivir con la violencia es una situación que vulnera sus derechos a crecer sanos física, mental y espiritualmente, generando consecuencias negativas para su desarrollo humano, las que pueden tener efectos perdurables a lo largo de sus vidas.

En los últimos años, se han realizado diferentes estudios sobre la violencia en Chile1, que dan cuenta de un problema social complejo y extendido, motivado por asimetrías de poder, por discriminaciones y desigualdades que normalizan formas violentas de relaciones humanas. La evidencia muestra que las y los estudiantes de grupos sociales discriminados o que sufren procesos de exclusión perciben mayores niveles de agresión y violencia en su contra, por lo que se hace necesario abordar la violencia como política pública.

Consciente que la educación cumple un rol fundamental en la formación de personas y frente al incremento de la violencia escolar, en 2002 el Ministerio de Educación impulsó la “Política de convivencia escolar” que tenía la finalidad de orientar y articular un conjunto de acciones a favor de la formación en valores de convivencia, respeto a la diversidad, participación activa de las comunidades, colaboración y solidaridad. Sin embargo, los resultados no fueron los esperados y los índices de violencia al interior de los establecimientos educacionales en Chile se mantuvieron elevados, lo que motivó la urgencia de la Ley Nº 20.370 Sobre Violencia Escolar que, específicamente, abordó el problema del bullying y el acoso al interior de los establecimientos educacionales, fusionando diversas iniciativas parlamentarias en la materia, las cuales incluían el deber de incorporar en los reglamentos internos de los establecimientos educacionales materias referidas a la violencia escolar.2

Adicionalmente, entre los indicadores de desempeño de la calidad en las escuelas, la convivencia escolar es un factor altamente determinante. En efecto, de acuerdo a un Informe conjunto de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la UNICEF, de la región, Chile es el país más afectado en su rendimiento escolar por la violencia que sufren sus estudiantes.3

Pero las formas de violencia que sufren los integrantes de las comunidades escolares son diversas y no ocurren, necesariamente, al interior de los establecimientos educacionales. Es más, los datos muestran que la mayoría de los episodios de violencia se cometen por personas del entorno cercano de las víctimas, por lo que la visibilización de los diferentes tipos y magnitudes de violencia, pero especialmente la atención y actuación oportuna de las comunidades para prevenir casos más graves es fundamental, pues el historial de violencia se agrava en la medida que se reitera en el tiempo. Baste recordar el trágico caso de Gabriela Alcaíno y su madre, quienes fueron víctimas de un femicidio cuyo autor había recibido anteriormente denuncias por abuso sexual y violencia en el colegio donde Gabriela estudiaba, las cuales no fueron debidamente formalizadas ante Carabineros, lo que pudo haber activado medidas cautelares que permitieran mayor protección a las víctimas.


  1. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES


1º Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1, 1910 y 11 de la Constitución Política de la República, la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de las personas en las distintas etapas de su vida y la violencia ejercida contra ellas es un obstáculo real para cumplir ese objetivo.

2º Que la violencia sufrida por personas que integran las comunidades escolares de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado es un problema de política pública, por lo que se requiere fijar un estándar mínimo que resguarde la vida, la integridad psíquica y física de todas las personas, respetando los derechos que reconocen las normas constitucionales y legales.

3º Que los antecedentes registrados en los casos de violencia permiten alertar y prevenir la reiteración de nuevos hechos lesivos, especialmente, cuando se aplican medidas oportunas que protegen a las víctimas de sus agresores.

4º Que es deber de las comunidades escolares contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación, por lo que corresponde a ellas, en el ejercicio de su autonomía, pero de acuerdo al deber de protección de sus integrantes, actuar oportunamente frente a hechos que pongan en riesgo el bienestar y seguridad de sus integrantes.

5º Que el Ministerio de Educación ha desarrollado instrumentos para orientar la elaboración de protocolos de actuación en casos de maltrato, abuso, acoso sexual, estupro en establecimientos educacionales4. Sin embargo, su fuerza normativa ha sido insuficiente para que dichas orientaciones sean aplicadas efectivamente en la práctica.

6º Que es deber del Estado velar por el cumplimiento de las normas de carácter general, especialmente, las que emanan de la Constitución y las leyes, para que sean aplicadas y respetadas por todas...

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