Modifica la ley de cuentas corrientes bancarias y cheques
Fecha | 11 Septiembre 2003 |
Número de Iniciativa | 3358-03 |
Fecha de registro | 11 Septiembre 2003 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 20.011 (Diario Oficial del 07/05/2005) |
Autor de la iniciativa | Burgos Varela, Jorge, Encina Moriamez, Francisco, Kuschel Silva, Carlos Ignacio, Molina Sanhueza, Darío, Ojeda Uribe, Sergio, Saffirio Suárez, Eduardo, Tuma Zedan, Eugenio, Uriarte Herrera, Gonzalo, Urrutia Bonilla, Ignacio, Villouta Concha, Edmundo |
Materia | BANCOS, CUENTAS CORRIENTES |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
MODIFICA LEY DE CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS Y CHEQUES.
BOLETÍN N°3358-03
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La posibilidad de desarrollar intercambios comerciales ha permitido que las personas creen nuevas formas de solución a las obligaciones que estos intercambios generan.
Instrumentos mercantiles que signifiquen seguridad y facilidad en su transporte son los que finalmente generaron lo que en nuestro medio hoy se conoce como medios de pago, que en el ámbito del derecho comercial han generado toda una teoría relativo a ellos.
Dentro de ésta, juega un importante papel lo que podemos denominar las reglas destinadas a la protección de los tenedores y emisores de dichos medios.
En efecto, la ley debe señalar claramente los casos y los pasos que los agentes de la actividad comercial deben realizar a fin de salvaguardar su eventual responsabilidad.
De esta forma, la legislación debe adecuarse a los avances tecnológicos en forma tal que se franquee a los distintos operadores del mercado, medios que les permitan actuar de manera rápida y eficaz frente a situaciones que puedan presentarse. Lo anterior, especialmente en el caso de aquellos que son cuentacorrentistas, quienes, hoy, bajo el imperio de la actual Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, deben realizar una serie de trámites complejos y onerosos, si quieren dejar constancia por la pérdida de estos documentos bancarios.
En virtud de lo expuesto, presentamos el siguiente
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO ÚNICO: Modifícase la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques en el siguiente sentido:
1.&8209; En el artículo 26, inciso primero, agréguese la siguiente expresión, entre las palabras "escrito" y "al librado":
"o por cualquier otro medio fidedigno".
2.&8209; Intercálase el siguiente inciso segundo nuevo, pasando el actual a ser tercero:
"Para los efectos del aviso del librador a que se refiere el inciso anterior, los...
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