Modifica el Código Sanitario para permitir que las ceremonias fúnebres de los Cuerpos de Bomberos puedan efectuarse en un horario especial - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 932576747

Modifica el Código Sanitario para permitir que las ceremonias fúnebres de los Cuerpos de Bomberos puedan efectuarse en un horario especial

Fecha de registro22 Mayo 2023
Número de Iniciativa15960-11
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaBravo Castro, Ana María, Camaño Cárdenas, Felipe, Cifuentes Lillo, Ricardo, Guzmán Zepeda, Jorge, Olivera De La Fuente, Erika, Oyarzo Figueroa, Rubén Dario, Pérez Olea, Joanna, Pulgar Castillo, Francisco, Rivas Sánchez, Gaspar, Venegas Salazar, Nelson
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MODIFICA EL CÓDIGO SANITARIO CON EL OBJETO DE PERMITIR QUE
MIEMBROS DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE PUEDAN
SEPULTARSE EN CEMENTERIOS GENERALES O PÚBLICOS Y CEMENTERIOS
PRIVADOS EN UN HORARIO EXTRAORDINARIO DE FUNCIONAMIENTO.
I. ANTECEDENTES GENERALES
a) Que, existe una larga tradición chilena de dar sepultura nocturna a los
bomberos, tanto mártires fallecidos en actos de servicio, así como
aquellos que formaron parte de los Cuerpos de Bomberos del país. Lo
cual es parte del patrimonio cultural inmaterial chileno, y que se ha
desarrollado y extendido por el territorio nacional a partir del año 1859.
b) Que, dicha tradición, conforme a las crónicas bomberiles, se inició en la
ciudad de Valparaíso el año 1859, con motivo de la sepultación del
bombero, Sr. Domingo Segundo Espiñeira, miembro de la 3ª Compañía
de Bomberos de Valparaíso. Que en circunstancias de inestabilidad
política en el país y conforme a la tradición desde inicios del siglo XIX de
sepultar a los muertos dentro de las 24 horas de fallecimiento y hacer
traslados de los cuerpos a los cementerios durante la noche. De aquello
se puede reproducir de manera textual, la siguiente crónica:
“La Tercera tuvo la ingrata circunstancia el año 1859, a raíz de una
revuelta encabezada por don Pedro León Gallo Goyenechea, de
que tuvieran en prisión a su Director, Capitán y Teniente 3º, los
señores Angel Custodio Gallo Goyenechea, Juan J. Rodríguez y
Manuel A. del Río, respectivamente. Además, su Secretario, don
Octavio González Raimundis, se debió autoexiliar regresando
22-05-2023
16:41

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