Modifica el Código Penal, con el objeto de establecer medidas especiales para la investigación y sanción del delito de incendio - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 926706568

Modifica el Código Penal, con el objeto de establecer medidas especiales para la investigación y sanción del delito de incendio

Número de Iniciativa15718-07
Fecha de registro01 Marzo 2023
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
Autor de la iniciativaAravena Acuña, Carmen Gloria, Chahuán Chahuán, Francisco, García Ruminot, José, Kuschel Silva, Carlos Ignacio, Walker Prieto, Matías
Boletín N° 15.718-07
Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Chahuán,
señora Aravena, y señores García, Kuschel y Walker, que modifica el Código Penal,
con el objeto de establecer medidas especiales para la investigación y sanción del
delito de incendio.
Exposición de motivos.
Nuestro país, dada su configuración geográfica sufre en forma constante
incendios forestales y sectores agrícolas durante los períodos estivales, que también
afectan a zonas urbanas, que causan ingentes daños tanto a sus habitantes como a los
bienes privados y públicos, con todas las consecuencias devastadoras que son de prever,
esto es, con grave conmoción social, pérdida de vidas y lesiones a la integridad física de
diversas personas, a lo que debe unirse el gran despliegue de recursos humanos y
económicos que se requieren para atacar tales siniestros, como ha ocurrido en el último
tiempo con los incendios forestales, en sectores rurales y en poblados de diversas regiones
de nuestro país.
En estos incendios, gran parte de sus causas son de responsabilidad
humana, parte importante de ellos con intencionalidad, como se ha podido acreditar con
las indagaciones efectuadas en los diversos casos, pese a lo cual resulta difícil identificar
a sus responsables, en calidad de autores, cómplices o encubridores de los mismos.
A fin de obtener un mayor éxito en las investigaciones pertinentes,
estimamos que se hace necesario modificar nuestra legislación penal, estableciendo
medidas especiales, tanto para las pesquisas correspondientes como para la aplicación de
penas a los inculpados de dichos siniestros,
Así por ejemplo, consideramos que debe establecerse una atenuante más
precisa que la que se contempla actualmente en el artículo 4o de la ley N° 18.314, que
sanciona las conductas terroristas, esto es, la denominada “de cooperación eficaz”, la que
para estos casos debe consistir en que quienes hayan tenido cualquier grado de
participación en los delitos de incendio contemplados en el Código Penal, se permita
beneficiarlos con una rebaja de pena de hasta dos grados, si suministran datos o
informaciones precisos, verídicos y comprobables que contribuyan al esclarecimiento de
los hechos investigados o permita la identificación de los responsables.

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