Modifica el Código Penal para agravar las penas aplicables a los delitos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, en los casos que indica
Fecha | 12 Marzo 2020 |
Número de Iniciativa | 13297-17 |
Fecha de registro | 12 Marzo 2020 |
Autor de la iniciativa | Castillo Muñoz, Natalia, González Torres, Rodrigo, Jiles Moreno, Pamela, Jiménez Fuentes, Tucapel, Marzán Pinto, Carolina |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Cámara de Diputados
Modifica el Código Penal para agravar las penas aplicables a los delitos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, en los casos que indica.
Boletín N° 13297-17
Fundamentos:
En atención a lo acaecido en los últimos meses en el país a raíz de la ocurrencia de lo que se ha denominado “estallido social” y a la luz de las irreparables consecuencias que para una importante parte de la población ha tenido la respuesta represiva que el estado ha dado a la manifestación social, a través del actuar de agentes de las fuerzas de orden y seguridad y de la defensa nacional, es que resulta pertinente y sumamente necesario realizar modificaciones en el código penal con el fin de dar efectiva protección a los derechos fundamentales de las personas contenidos en las leyes, la Constitución Política de la República y a los tratados internacionales vigentes ratificados por nuestro país. Un enorme número de personas ha sido víctima de numerosas y variadas agresiones y vulneraciones realizadas por agentes del estado que no han dado cumplimiento al deber que tienen de actuar en irrestricto apego a las normas vigentes para el uso de la fuerza en el ejercicio de sus funciones, la situación es de suma gravedad y ha sido observada por diversos organismos nacionales e internacionales, llegando todos a la misma conclusión, se están cometiendo graves atropellos a los Derechos Humanos por parte de agentes del estado a partir del 18 de Octubre del año 2019, dicha observancia, informes y sus respectivas recomendaciones no han sido suficientes para evitar estas vulneraciones, la situación reviste mayor gravedad cuando consideramos que un número importante de estos atropellos corresponde a personas que se encuentran en una posición de debilidad e inferioridad en fuerza y capacidad de resistir y reaccionar, como es el caso de las personas menores de edad, los adultos mayores, personas con capacidades diferentes o enfermedades limitantes, embarazadas o de quienes se encuentren en una situación de vulnerabilidad; para contrapesar este desequilibrio y brindar protección a los derechos fundamentales garantizados por la Constitución, es urgente modificar nuestra normativa con el fin de dar cumplimiento efectivo al respeto irrestricto a las normas relativas a los derechos fundamentales inherentes a las personas, como también a aquellos relativos a la infancia y adolescencia como también a la vejez, en todo evento, bajo toda época y bajo toda...
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