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Modifica la Carta Fundamental con el objeto de suprimir el límite del plazo de detención para materializar expulsiones administrativas

Fecha de registro28 Noviembre 2023
Número de Iniciativa16452-07
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaRivas Sánchez, Gaspar
PROYECTO DE LEY QUE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA CON EL FIN
DE ELIMINAR EL PLAZO DE CINCO DÍAS PARA REALIZAR LA EXPULSIÓN DE MIGRANTES
IRREGULARES DEL TERRITORIO NACIONAL.
IDEA MATRIZ:
Suprimir el plazo de cinco días establecido en la Constución Políca para realizar expulsiones de
migrantes irregulares de nuestro país.
FUNDAMENTOS:
Hace poco más de seis meses entró en vigencia la Ley 21.568, que amplía el plazo de detención de
48 horas a 5 días para llevar a cabo la expulsión de inmigrantes irregulares de nuestro país. Durante
la tramitación de este proyecto de ley se señaló que el plazo de 48 horas resultaba difícil de cumplir
debido al traslado de las personas desde regiones y a la documentación necesaria de los
funcionarios que las acompañan, así como a las visas necesarias para ejecutar esta medida. Sin
embargo, el nuevo plazo incorporado en la mencionada ley sigue siendo insuficiente. Esto se
evidenció el pasado 23 de noviembre, cuando diversos medios de comunicación informaron que el
gobierno de Venezuela habría rechazado la llegada de un vuelo con ciudadanos venezolanos
expulsados de Chile a su territorio. De no cumplirse esta expulsión dentro de los plazos establecidos
por la ley, estas personas quedan en libertad en nuestro país.
La expulsión de ciudadanos irregulares implica diversos trámites administrativos, no solo
relacionados con visas y documentos de los funcionarios policiales que acompañan a los expulsados,
sino también con autorizaciones para el despegue de los vuelos que los trasladan. Estos trámites no
solo dependen de las gestiones realizadas por nuestro país, sino que también requieren la
autorización del gobierno receptor, ya que estos vuelos ingresan al espacio aéreo de dicha nación.
En la práctica, estos procedimientos resultan engorrosos y podrían llevar más tiempo que aquellos
cinco días que establece nuestra Carta Fundamental. La frustrada expulsión de ciudadanos
venezolanos del territorio nacional deja en evidencia la necesidad de eliminar dicho plazo de la
Constitución.
Por tanto, en virtud de los fundamentos expuestos, vengo a presentar a este Congreso Nacional la
siguiente:
REFORMA CONSTITUCIONAL
Arculo único: Reemplácese el texto actual del inciso nal de la letra c) del numeral 7° del arculo
19 de la Constución Políca de la República por el siguiente texto:
“Este lapso de cuarenta y ocho horas no se considerará para efectos de expulsiones administravas,
correspondiéndole a la ley jar el plazo de privación de libertad;”
GASPAR RIVAS SANCHEZ
Diputado de la República
28-11-2023
14:11

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