Modifica la Carta Fundamental para incorporar el estado de excepción constitucional de protección permanente - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 917143888

Modifica la Carta Fundamental para incorporar el estado de excepción constitucional de protección permanente

Fecha de registro30 Noviembre 2022
Número de Iniciativa15556-07
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Autor de la iniciativaAhumada Palma, Yovana, Araya Guerrero, Jaime, Arroyo Muñoz, Roberto, Castro Bascuñán, José Miguel, Lee Flores, Enrique, Naveillan Arriagada, Gloria, Pino Fuentes, Víctor Alejandro
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional


PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE INCORPORA EL ESTADO DE PROTECCION PERMANENTE A LA CARTA FUNDAMENTAL.



  1. PREÁMBULO

H. Diputada Yovana Ahumada Palma.


El presente proyecto de ley, es impulsado por la H. Diputada Yovana Ahumada Palma, amparada en la firme convicción de fortalecer la institucionalidad del estado encargada de proteger a la ciudadanía.

Por esta razón, desde que asumió como H. Diputada de la República, ha trabajado para recuperar la seguridad pública y tranquilidad de las familias de su querida región de Antofagasta, así como de todo Chile. En esta labor titánica ha presentado variadas mociones parlamentarias y de igual manera ha intentado sin frutos obtener que el Gobierno actual centre su foco en medidas concretas y reales, por sobre simples promesas.

  1. CONSIDERANDO:


Los actos terroristas, delincuencia, violencia extrema, descontrol social y la llegada del Crimen Organizado internacional, han llegado a un punto de no retorno, en el cual la “astenia”, de un Gobierno que no se atreve a usar los estados de excepción constitucional existentes, en protección de la ciudadanía, me obliga a tomar acción como legislador para entregar un alivio a la población de Antofagasta y de todo

Chile que sienten constantemente, sensación de miedo, temor y pánico.


Delincuentes nacionales, pero en su mayoría extranjeros con delitos importados, cometen en una incomprendida, pero completa normalidad, vulneraciones a nuestras leyes, familias y nuestros espacios públicos, llegando incluso su descaro a delitos que violentan brutalmente a nuestras Policías que hoy se ven sobrepasadas y carentes de respaldo de gran parte de la clase política que hoy romantiza el vandalismo como un acto de revuelta civil o rebelión.


Considerando que parte de gobernar, es actuar y no solo advertir y prometer, tomar medidas concretas, reales y efectivas, es un imperativo ineludible para esta diputación, el respaldar a nuestras Policías y a su vez dar el paso faltante en nuestra sociedad para quitar los estigmas ideológicos sobre nuestras Fuerzas armadas. Por ello “Basta de resentimientos”, nuestras Fuerzas Armadas están para protegernos. “No deberíamos desaprovecharlos”.


Por ello, cuando vemos en nuestro país de manera cíclicaI, casi sistemática, actos criminalesII y terroristasIII, inseguridad y temor por actos tan terribles como la quema de viviendas, asesinatos de caballosIV, que disparen a ciudadanos en sus hogares, incluso a nuestras policías en sus cuartelesV,






I https://www.ciperchile.cl/2022/08/12/cartas-tren-de-aragua-en-chile/

II https://es.insightcrime.org/noticias/tren-aragua-narcotrafico-disparan-homicidios-norte-chile/

III https://www.elmostrador.cl/dia/2022/04/21/nueva-quema-de-camiones-en-la-aracania-encapuchados- perpetran-ataque-incendiario-en-collipulli/

IV https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2022/05/23/encapuchados-matan-2- caballos-y-dejan-una-persona-herida-en-ercilla-se-investiga-abigeato.shtml

V https://www.infobae.com/america/america-latina/2022/08/04/nuevo-ataque-en-chile-mapuches- radicales-dispararon-contra-un-cuartel-policial-y-el-gobierno-ira-a-la-justicia/

llegando a violar hijos frente a sus padresVI, es un límite que ya no podemos tolerar, ¡Basta ya de preocuparse más de los derechos de criminales que de las víctimas!, por ello recibir el apoyo de nuestras Fuerzas Armadas, en la protección de la nación, de manera permanente cuando ocurren actos de esta gravedad y las policías se encuentran superadas por el accionar de la delincuencia, criminalidad y terrorismo interno, es un desde para restablecer el estado de derecho y orden público.


Por esto, quienes suscriben el presente proyecto comprenden a cabalidad que la necesidad de fortalecer la institucionalidad, entregando una herramienta real y permanente en casos excepcionales, donde los estados actuales son cuestionados desde su naturaleza excepcional. Así, para que nuestras Fuerzas Armadas, en conjunto con las Policías, puedan proteger a la ciudadanía mientras se restablecen el orden público y el estado de derecho, es el paso correcto para proteger a los ciudadanos de todo nuestro país.


PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL


"Artículo Único”. Introdúcense las siguientes modificaciones a la constitución política de la república:


  1. A continuación del artículo 45, Agrégase un nuevo párrafo del siguiente tenor:


“§. Estado de protección permanente de uso excepcional.”.







VI https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-tarapaca/2022/10/08/delincuentes-asaltan- parcela-violan-a-joven-y-roban-vehiculos-en-tarapaca-dos-fueron-detenidos.shtml

  1. Agréguese el nuevo artículo 45 bis:


El ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas, podrán ser afectados bajo el denominado estado de protección permanente, que comprende las siguientes situaciones: cuando afecten gravemente el normal desarrollo de la vida de los ciudadanos, cuando la delincuencia supere las capacidades de Carabineros o policía de investigaciones, en caso de grave y reiterada alteración del orden público, en caso de acciones reiteradas que ocasionen terror en toda o parte de la sociedad, o por atentados reiterados contra la propiedad privada de una zona o sector determinado.


El estado de protección Permanente, lo podrá declarar el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias. Este no podrá extenderse por más de

60 días, sin perjuicio de que el Presidente de la República podrá por única vez prorrogarlo por igual período.


En el caso de requerir prórrogas adicionales, el Presidente de la República, requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional. El referido acuerdo se tramitará dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha en que el Presidente de la República someta la declaración de estado de protección permanente, para ello el congreso deberá pronunciarse aceptando o rechazando la proposición, sin que pueda introducirle modificaciones. Si el Congreso no se pronunciara dentro de dicho plazo, se entenderá que aprueba la proposición del Presidente.


Así mismo, si a criterio de la Cámara de diputados deba ser declarado el estado de protección permanente y el Presidente

de la república no lo declarase, un número de Diputados no menor de diez ni mayor de veinte, podrán requerir al Presidente de la República la declaración del estado de protección permanente, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles para dar respuesta a dicha solicitud. En caso de negativa o que no se pronuncie el Jefe de Estado, los Diputados podrán presentar dicha solicitud ante la Cámara de Diputados.


La Cámara de Diputados, dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha en que se someta la declaración de estado de protección permanente a su consideración, deberá pronunciarse aceptando o rechazando la proposición, la que deberá ser aprobada por Mayoría absoluta de los diputados en ejercicio.


Si el Congreso no se pronunciara dentro de dicho plazo, se entenderá que aprueba la proposición.


Aceptada la declaración por la Cámara, corresponderá al Senado quien deberá pronunciarse, aceptando o rechazando la...

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