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Modifica la Carta Fundamental para ampliar el plazo de duración del estado de excepción constitucional de emergencia y lo declara vigente en las regiones que indica

Fecha de registro15 Diciembre 2022
Número de Iniciativa15594-07
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Autor de la iniciativaAhumada Palma, Yovana, Arroyo Muñoz, Roberto, Castro Bascuñán, José Miguel, Celis Montt, Andrés, Cid Versalovic, Sofía, Cordero Velásquez, María Luisa, Pino Fuentes, Víctor Alejandro, Trisotti Martínez, Renzo
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoReforma constitucional


REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA POR GRAVE ALTERACIÓN DE ORDEN PÚBLICO EN LA MACROZONA NORTE DEL PAÍS


  1. FUNDAMENTOS


Los Estados de Excepción Constitucional (EEC) tienen por finalidad establecer condiciones bajo las cuales puede afectarse el ejercicio de ciertos derechos constitucionales cuando concurren circunstancias excepcionales, las cuales, como dirá Cruz-Coke1, son aquellas de “anormalidad política o de catástrofe, [y que se establecen] con el fin de salvaguardar la estabilidad institucional y el orden público”.


Así las cosas, nuestra Constitución consagra en su artículo 39 que El ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas sólo puede ser afectado bajo las siguientes situaciones de excepción: guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado”.


De esta manera, cuando se suscita alguno de los hechos antes mencionados, como se establece en los artículos 40, 41 y 42 de la Constitución, el Presidente de la República posee la prerrogativa y atribución especial (artículo 32) del establecimiento de un estado de asamblea, catástrofe y/o emergencia, según sea el caso. Reflejándose de esa manera que la normativa vigente aplicable al EEC muestra un predominio del Presidente de la República, frente a la capacidad decisoria del establecimiento del mencionado estado.


A inicios del presente año, nuestro país, se encontraba bajo dos zonas con EEC; la primera, la zona de las provincias de Biobío y Arauco, en la



1 CRUZ-COKE OSSA, Carlos, Instituciones Políticas y Derecho Constitucional (1ª edición, Universidad Finis Terrae, 2009), p. 615.

Región del Biobío, y las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de la Araucanía2 y la segunda, la zona que consideraba a las provincias de Arica y Parinacota, en la Región de Arica y Parinacota, excluyendo el radio urbano de la ciudad de Arica; la provincia del Tamarugal, en la Región de Tarapacá; y la provincia de El Loa, en la Región de Antofagasta, excluyendo el radio urbano de la ciudad de Calama3.


Respecto a la primera zona, esta ha sido valorada positivamente por parte de la ciudadanía4, dado los beneficios que tiene para hacer frente a la situación de aumento y concentración de actos de violencia, vinculados al narcotráfico, al terrorismo y al crimen organizado, previo a su declaración. Aún así, por parte de la actual administración, en su momento, no se efectuó la renovación del Estado de Excepción Constitucional para la zona aludida y de inmediato se suscitó un aumento tanto en la ocurrencia como el nivel de los hechos que llevaron a su instauración.


Lo anterior se puede ver reflejado en el estudio de la Multigremial Araucanía titulado “Impacto en la Macrozona Sur a 50 días del retiro del Estado de Emergencia”5 en donde se establece que durante los 50 días previos al fin del Estado de Excepción se registraron 45 hechos de violencia, mientras que en periodo posterior –y ya sin la medida en marcha– la cifra aumentó a 122. Un incremento de 171% que eleva la media diaria de 0,9 hechos violentos a 2,6.


Además, se incorporan otros datos como, por ejemplo:





2 Decreto N° 65 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia y designa a Jefes de Defensa Nacional según indica, publicado el 11 de marzo del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1173546 (última revisión el 09 de agosto del 2022)

3 Decreto N° 40 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia por el periodo que indica, publicado el 01 de marzo del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1173249 (última revisión el 09 de agosto del 2022)

4 Recordemos que en noviembre del año pasado se efectuó una encuesta ciudadana en la región, la cual tuvo como resultado que, de los más de 145 mil participantes, el 81,56% votaron por mantener el estado de excepción. ver nota:

https://www.latercera.com/nacional/noticia/el-8156-de-las-145-mil-personas-que-participaron- de-consulta-en-la-araucania-votaron-por-mantener-el-estado-de- excepcion/TBICQIK2ARGQ3KA3JTKHLAEYJ4/ (última revisión el 09 de agosto del 2022)

A ello se suma la Encuesta CADEM de octubre el 2021 que del nivel de encuestados logró establecer que un 55% dice estar de acuerdo con el Estado de Excepción en Macrozona Sur, ver nota: https://www.t13.cl/noticia/politica/cadem-55-afirma-acuerdo-estado-excepcion-macrozona-sur- 18-10-2021 (última revisión el 09 de agosto del 2022)

5 MULTIGREMIAL ARAUCANÍA. Informe 3 de Impacto en la Macrozona Sur a 50 días del retiro del Estado de Emergencia, disponible en:

https://multigremialaraucania.cl/revistas/informe_de_impacto3.pdf (última revisión el 09 de agosto del 2022)

  • El retiro del Estado de Emergencia ha producido un aumento de los hechos de violencia en la macrozona sur, en específico en un 171%. (45/122)

  • Las usurpaciones han aumentado un 400%. (2/10)

  • Los atentados incendiarios se han incrementado en un 91%. (23/44)

  • Los ataques armados se han elevado en un 289%. (9/35)

  • En la región de La Araucanía aumentaron los hechos de violencia en un 124% (25/56)

  • En la región del Biobío se incrementaron los hechos de violencia en un 250% (18/63)

  • La provincia de Malleco aumentó los hechos de violencia en un 76% (17/30) y en la provincia de Arauco aumentaron los hechos de violencia en un 213% (15/47), siendo ambas provincias las más afectadas de la macrozona sur.

  • Se pasa de 22 comunas afectadas con Estado de Emergencia a 36 comunas con violencia.

  • La comuna más afectada sin Estado de Excepción fue Tirúa (15), le sigue Cañete (12) y Lumaco y Victoria (9)


Ahora bien, una vez que la actual administración entendió de la importancia de la mantención del Estado de Excepción Constitucional en la zona aludida, se ha podido observar que dentro de los argumentos para la extensión sucesivas de la medida6, se ha señalado que éste instrumento



6 Decreto N° 199 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el 31 de mayo del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1176733 (última revisión el 09 de agosto del 2022)

Decreto 214 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el

15 de junio del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1177670 (última revisión el 09 de agosto del 2022]

Decreto 219 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el

30 de junio del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1178083 (última revisión el 09 de agosto del 2022]

Decreto 219 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el

30 de junio del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1178083 (última revisión el 09 de agosto del 2022]

Decreto 231 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el 30 de julio del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1179324 (última revisión el 09 de agosto del 2022]

Decreto 223 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en las zonas del territorio nacional que indica, publicado el 15 de julio del 2022, disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1178743 (última revisión el 09 de agosto del 2022]

constitucional ha permitido disponer de medidas destinadas a garantizar la seguridad de las rutas y vías, desarrollándose entre las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile patrullajes en ruta, Check Ponints rotativos y el despliegue de Unidades de Reacción Rápida7, cuestión que ha contribuido a un descenso significativo de los eventos denominados de violencia rural, cosa que ha llevado a que a la fecha se siga pensando en extender la medida8 e inclusive, dada su positividad, aplicarla a otra zona del país, como la región de Los Ríos9.


Sobre la segunda zona, a inicios de la actual administración se hizo presente una posición completamente distinta a la que se tenía respecto de la Macrozona Sur, en circunstancias a que, en su momento para el propio Presidente Gabriel Boric, “las condiciones que lo justificaron en una primera oportunidad siguen vigentes”10 y es cierto, se mantienen los “ingresos clandestinos por las zonas fronterizas de la zona norte de nuestro país, lo que puede ser aprovechada por el crimen organizado transnacional...

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