Decisión nº C1999-17, de Consejo de Transparencia de 11 de Agosto de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 701064093

Decisión nº C1999-17, de Consejo de Transparencia de 11 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1999-17

Entidad pública: Subsecretaría de Salud Pública

Requirente: Michel Riquelme

Ingreso Consejo: 12.06.2017

En sesión ordinaria N° 823 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de agosto de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1999-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de mayo de 2017, don Michel Riquelme solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública la siguiente información:

a) ¿Existe un presupuesto específico de parte del Ministerio de Salud para la reducción de mortalidad materna? En caso afirmativo, ¿cuánto dinero se destina por año y a qué ítems de gastos?

b) ¿Existen por parte del Ministerio de Salud programas de capacitación a personal médico para brindar una atención humanizada del parto, nacimiento y post parto?

c) ¿Existe por parte del Ministerio de Salud un programa específico para asegurar acceso a servicios de salud sexual y salud reproductiva para la población joven (población entre 10-24 años)?

d) ¿Existen recursos específicos asignados a servicios de salud sexual y salud reproductiva para adolescentes?

2) RESPUESTA: El 09 de junio de 2017, la Subsecretaría de Salud Pública respondió a dicho requerimiento de información mediante carta de fecha 09 de junio de 2017, señalando, en síntesis que, atendido que la solicitud no se ajusta a lo señalado en los artículos 5 y 10 de la Ley de Transparencia, ésta fue derivada a la oficina de Información, reclamos y sugerencias (OIRS).

3) AMPARO: El 12 de junio de 2017, don Michel Riquelme dedujo amparo a su derecho de acceso a la...

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