Medidas para enfrentar la crisis migratoria - Núm. 347, Marzo 2023 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 926291336

Medidas para enfrentar la crisis migratoria

Páginas25-25
Actualmente, en el Senado se están
tramitando dos proyectos de ley que
buscan establecer medidas para enfren-
tar la crisis migratoria. Se trata en
concreto de un proyecto de reforma
constitucional y de un proyecto de ley,
respectivamente, que persiguen hacer
más efectivos los procedimientos de
expulsión, evitar el uso abusivo de la
figura de refugio y eliminar cualquier
tipo de incentivo a la migración irregular.
En primer lugar, se busca ampliar el
plazo de retención de extranjeros para
practicar el procedimiento de expulsión,
toda vez que las 48 horas que se contem-
plan actualmente son en muchos casos
insuficientes para su éxito. Para ello es
necesario efectuar una reforma consti-
tucional, para distinguir las situaciones
penales de este procedimiento que es
de corte administrativo. El permitir noti-
ficaciones por vía electrónica o carta
certificada también apunta a aumentar
la tasa de efectividad de las expulsiones
administrativas, que, desde la entrada
en vigencia de la nueva ley migratoria
MEDIDAS PARA
ENFRENTAR
LA CRISIS
MIGRATORIA
VALORACIÓN:
Cinco círculos: digno de aprobación sin modificaciones · Cuatro círculos: digno de aprobación con modificaciones menores · Tres círculos: requiere mejo-
ras sustanciales · Dos círculos: debe ser reformulado íntegramente · Un círculo: no debiera ser aprobado (idea de legislar objetable).
se han visto estancadas, de acuerdo a la
apreciación del gobierno, por la exigen-
cia excesiva de efectuar notificaciones
personales tres veces durante todo el
procedimiento.
En segundo lugar, en situaciones de
crisis migratoria se pretende facultar a
las Fuerzas Armadas y de Orden para
poner a disposición recursos persona-
les y materiales orientados al control de
ingresos irregulares y a la reconducción
de extranjeros infractores. Esta propues-
ta, a pesar de ser de iniciativa exclusi-
va del Presidente de la República, es
considerada positiva, pero insuficiente.
Podría ser más adecuado crear un cuer-
po permanente que contribuya a estas
labores, vinculado a las Fuerzas Arma-
das o independiente, o bien, grupos de
seguridad fronteriza binacionales, para
lo cual sería necesario llegar a acuerdos
con los países limítrofes.
En tercer lugar, las modificaciones a la
Ley de Protección de Refugiados apun-
tan en la dirección correcta, toda vez que
el gran número de solicitudes infunda-
das que se presentan en Chile impiden
otorgar eficazmente protección a quie-
nes realmente lo necesitan y constituyen
un uso abusivo de la figura de refugio.
En cuarto lugar, se propone aclarar el
concepto de igualdad de condiciones de
los extranjeros respecto a los nacionales,
lo que podría contribuir favorablemente
a disminuir las tensiones entre quienes
requieren asistencia por parte del Esta-
do. Limitar el acceso a beneficios de
seguridad social no contributivos a los
residentes definitivos también es una
medida positiva para estos efectos.
Por último, la fijación de rangos territo-
riales para la reconducción y para consi-
derarse en situación de ingreso da mayor
certeza al practicar el control migratorio
de frontera, aunque lo que realmente se
necesita en este ítem es mayor voluntad
política de las autoridades migratorias y
de cancillería para solucionar las restric-
ciones que ha impuesto Bolivia para
practicar la reconducción de extranjeros
no bolivianos a través de sus fronteras.
libertad y desarrollo lyd.org 25
CONGRESO

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