Decisión nº C296-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598526

Decisión nº C296-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas

DECISIÓN AMPARO ROL C296-14

Entidad pública: Municipalidad de Limache

Requirente: Marta de la Cruz Cáceres Santander

Ingreso Consejo: 07.02.2014

En sesión ordinaria N° 525 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de mayo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C296-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L.N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de enero de 2014, doña Marta de la Cruz Cáceres Santander solicitó a la Ilustre Municipalidad de Limache, en adelante e indistintamente la Municipalidad, la siguiente información:

a) "Reporte completo de mis horarios laborales a partir del año 2003 hasta enero del 2014.

b) Detalle de los supuestos reclamos a mi desempeño laboral desde el año 2003 al 2014.

c) Detalle del pago de cotizaciones, pues no se registran en el IPS, desde que comencé a laborar en la I. Municipalidad de Limache: Mayo 2003; octubre y noviembre 2004; enero 2005; mayo y septiembre 2005; septiembre 2006; febrero 2007; enero 2008;

Además, en el Certificado de Pago de Cotizaciones Previsionales, se registra un pago a una AFP Provida de AFC (Seguro de Cesantía), donde mi persona se cotiza en el IPS (Ex INP).

d) Derechos sociales adeudados como: Bono de vacaciones según reajuste al sector público, que se cancela en el mes de Enero de 2014; Seguro de Cesantía, pues se activa automáticamente firmando contrato de trabajo desde el año 2003.

e) Decreto alcaldicio de cese de mis funciones laborales.

f) Detalle total de mi finiquito:- Liquidaciones de sueldos desde el año 2003 hasta enero 2014".

2) RESPUESTA: Mediante ORD. 0085/2013 del 3 de febrero del 2014, el Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Limache respondió a dicho requerimiento de información, señalando lo siguiente:

a) Adjunta horarios laborales desde septiembre de 2008 hasta enero del 2014, sin embargo los registros de horario desde el 2003 hasta agosto del 2008 no pudieron ser ubicados debido al extravío de documentación en el contexto del cambio de dependencias del Edificio Consistorial desde calle República N° 371 al actual edificio de calle Palmira Romano Sur N° 340.

b) Adjunta copia de reclamos efectuados contra la requirente.

c) Acompaña copia de ORD. 059/2014 de 30 de enero de 2014 emitido por el Director (s) del Departamento de Administración de Educación Municipal.

d) Adjunta copia del Decreto Alcaldicio N° 2985 de 27 de diciembre de 2013.

e) Copia de liquidaciones de remuneraciones desde febrero de 2008 hasta enero de 2014, sin embargo respecto de las liquidaciones desde el año 2003 a enero del 2008, la administración del servicio de pago de remuneraciones del Departamento de Educación Municipal estaba a cargo de una empresa externa, Sistemas Modulares de Computación Ltda., no contando en estos momentos con los respaldos respecto a las liquidaciones emitidas en dicho período.

3) AMPARO: El 5 de febrero 2014, doña Marta de la Cruz Cáceres Santander dedujo ante la Gobernación Provincial de Marga Marga amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Limache, ingresando a éste el 7 de febrero de 2014, fundado en respuesta negativa a la solicitud de información, por no encontrarse en el servicio la información solicitada.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo acordó admitir a tramitación el...

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