Decisión nº C1811-14, de Consejo de Transparencia de 22 de Octubre de 2014
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2014 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
DECISIÓN AMPARO ROL C1811-14
Entidad pública: Municipalidad de Loncoche
Requirente: Marcelo Vargas Troncoso
Ingreso Consejo: 21.08.2014
En sesión ordinaria N° 564 del Consejo Directivo, celebrada el 22 de octubre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1811-14.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de julio de 2014, don Marcelo Vargas Troncoso mediante el portal electrónico del Municipio de Loncoche, en adelante e indistintamente Municipio o Municipalidad, solicitó a dicho organismo información sobre cinco licencias médicas de personal del Departamento de Salud, cinco del Departamento de Educación como igual cifra de quienes se desempeñan en la propia Municipalidad y que se encuentran afiliados a Isapres y al Fondo Nacional de Salud. En total, requirió 15 licencias médicas de funcionarios de FONASA y 15 afiliados a Isapres, las cuales deben contener el siguiente detalle:
a) Número de folio;
b) Número de días; y,
c) Fecha de inicio.
Sobre el particular, hizo presente que...
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