Decisión nº C3117-17, de Consejo de Transparencia de 28 de Diciembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 718608329

Decisión nº C3117-17, de Consejo de Transparencia de 28 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTransporte

DECISIÓN AMPARO ROL C3117-17

Entidad pública: Subsecretaría de Transportes.

Requirente: Manuel Aresti Durban.

Ingreso Consejo: 31.08.2017.

En sesión ordinaria N° 854 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de diciembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3117-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 1° de agosto de 2017, don Manuel Aresti Durban solicitó a la Subsecretaría de Transportes:

a) "(...) informar con copia de todos los antecedentes la tramitación para la toma de razón ante la Contraloría General de la República de la Resolución Afecta N° 15 de 2017, conjunta de los Ministerios de Transportes y de Hacienda, que aprueba bases de licitación para uso de vías Transantiago 2017, informando si se han efectuado reuniones entre la Contraloría con funcionarios de dichos Ministerios para tal tramitación, aclaraciones o subsanaciones de dicho acto administrativo, indicando las personas intervinientes en dichas reuniones y fecha de la reunión.

b) Informar ingresos y salidas (por oficio o por mano) de dicho acto administrativo para sus correcciones y fecha de nuevo reingreso.

c) Informe los funcionarios de esa Contraloría que conformarían un comité especial para la revisión de dicho acto administrativo que aprueba bases ya indicadas.

d) Informe documentadamente las comunicaciones que ha tenido la Contraloría con dichos ministerios para la revisión, corrección y/o tramitación de ese acto administrativo que aprueba bases de licitación para Transantiago, indicando las personas intervinientes en dichas comunicaciones y medio de comunicación".

2) RESPUESTA: El 30 de agosto de 2017, la Subsecretaría de Transportes respondió a dicho requerimiento de información, señalando, en resumen, que la consulta efectuada no se encuentra comprendida dentro de los supuestos a que se refiere el artículo 10 de la ley N° 20.285, debido a que la información requerida no consta en acto, registro o documento alguno que posea dicha Secretaría.

3) AMPARO: El 31 de agosto de 2017, don Manuel Aresti Durban dedujo amparo a su derecho de acceso...

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