Decisión nº C1174-17, de Consejo de Transparencia de 18 de Julio de 2017
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2017 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Salud |
DECISIÓN AMPARO ROL C1174-17
Entidad pública: Servicio de Salud Libertador Bernardo O'Higgins
Requirente: Manuel Aresti Durban
Ingreso Consejo: 04.04.2017
En sesión ordinaria N° 816 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de julio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1174-17.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de febrero de 2017, don Manuel Aresti Durban solicitó al Servicio de Salud Libertador Bernardo O'Higgins "informar el proveedor actual para el retiro, transporte y disposición final de residuos especiales y peligrosos para hospitales de la Red Asistencial del Servicio de Salud O'Higgins, con copia de todos los documentos asociados (identificación del proceso de compra pública, contrato, resolución aprobatoria del contrato, cotizaciones, órdenes de compra, facturas recibidas y estado de pagos, etc.)".
2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 4 de abril de 2017, don Manuel Aresti Durban dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud de acceso a la información.
3) SISTEMA ANTICIPADO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (SARC): Este Consejo acordó realizar las gestiones necesarias, con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la información solicitada por el reclamante. Por correos electrónicos de 17 de abril y 8 de mayo de 2017, se remitió Ord. N° 653 de 11 de abril de 2017 del Sr. Director (S) del Servicio de Salud de O’Higgins, mediante la cual se adjunta documentación sobre establecimientos de la red de salud de O’Higgins, específicamente se adjuntó información sobre el hospital de San Fernando, hospital de Santa Cruz, hospital San Vicente de Tagua Tagua y sobre el mismo Servicio de Salud de O’Higgins. Revisado el Portal de Transparencia, se constata que mediante el SARC no se entregó más información que la que consta en éste, en virtud de lo cual, se tuvo por fracasado el sistema SARC.
4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Director del Servicio de Salud de O´Higgins mediante...
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