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Mandato persona natural para vender vehículo motorizado

AutorAlejandra Retamal

MANDATO PERSONA NATURAL PARA VENDER VEHICULO MOTORIZADO

NORAAATIVA CITADA: Codigo Civil; Ley del Registro Civil PARTES: mandante, mandatario

SECTORES INTERESADOS: abogados, vendedores vehículos

PALABRAS CLAVE: mandato venta vehículo; mandato venta auto; mandato venta bus; mandato venta camion

EN (.... Ciudad.....), REPUBLICA DE CHILE, a (.... Día.....) días del mes de (......) del año dos mil (.......), entre don (...Nombre completo), (...nacionalidad), (..... estado civil), cédula de identidad Nº (.....), domiciliado en (.......................) Nº (.....), Comuna de (......), región (.....), expone:

PRIMERO: Que por el presente instrumento, viene en conferir a don (...... nombre......), cédula de identidad (.........), con domicilio en (........domicilio), ciudad (......) para que en su nombre y representación venda y transfiera, un vehículo usado, tipo (...bus, auto, camion...), marca (.....), modelo (......), año dos mil (.....), inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación bajo el código (.......), placa patente (.....).

SEGUNDO: El precio de venta del vehículo singularizado precedentemente ascenderá a la suma de (........) pesos, cantidad que el comprador pagará de la siguiente manera: a) con la suma de (.......) de pesos que el comprador pagará a ( ) con anterioridad a la firma de la escritura de compraventa; y, b) el saldo de precio, de ( ) pesos, será pagado por el comprador en tres cuotas los días (...) de los meses (....), (...) y (...) del año en curso. TERCERO: El mandante declara que el vehículo antes singularizado se encuentra libre de todo gravamen, embargo, litigio, prohibiciones o cualquier otro impedimento legal, judicial o convencional que, en todo o en parte, restrinja, limite o perturbe su facultad de disposición; en especial, que no existen obligaciones pendientes que puedan derivarse en el ejercicio de acciones resolutorias o nulidades.

CUARTO: El mandatario no renunciará a las acciones resolutorias.

QUINTO: El mandatario queda expresamente facultado para recibir el precio de venta, debiendo depositar el dinero que reciba por la venta en la cuenta corriente del mandante número (.....numero.....) del Banco (.... Banco.....), titular (.... Nombre titular cuenta.....), rol único tributario (......), correo...

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