Decisión nº C1551-13, de Consejo de Transparencia de 22 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544596690

Decisión nº C1551-13, de Consejo de Transparencia de 22 de Enero de 2014

Fecha de Resolución22 de Enero de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Rendición de Cuentas
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C1551-13

Entidad pública: Gobierno Regional de la Región de Valparaíso

Requirente: Luis Córdova Bravo

Ingreso Consejo: 25.09.2013

En sesión ordinaria N° 496 de su Consejo Directivo, celebrada el 22 de enero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1551-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1- 19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y 20/2009 ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, indistintamente, el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 28 de abril de 2013, don Luis Córdova Bravo solicitó al Gobierno Regional de la Región de Valparaíso, en adelante indistintamente GORE de Valparaíso, información relativa al Proyecto “Cada Camino una Huella de Alegría”, de la organización Yo vivo de Alegrías, particularmente, entre otros documentos, la rendición de cuentas del proyecto.

2) Que, por correo electrónico de 3 de junio de 2013, el órgano reclamado remitió al solicitante una serie de documentos en respuesta a dicho requerimiento, pero hizo presente que la agrupación a cargo del proyecto, hasta la fecha, no había presentado la rendición de cuentas respectiva. Luego, el 30 de agosto de 2013, mediante Ordinario N° 2.287, el GORE de Valparaíso confirmó al reclamante que la mencionada agrupación, “Yo vivo de Alegrías”, no había realizado una presentación formal de la rendición de gastos del proyecto.

3) Que, el 25 de septiembre de 2013, don Luis Córdova...

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