Ley de tránsito - accidentes de tránsito - infracciones de tránsito - seguros - compañías de seguros - responsabilidad civil - responsabilidad solidaria - indemnización de perjuicios - daño emergente - recurso de apelación. acogido - Fallos cortes de apelaciones - Accidentes de Tránsito. Síntesis Jurisprudencial y Doctrina - Libros y Revistas - VLEX 903499383

Ley de tránsito - accidentes de tránsito - infracciones de tránsito - seguros - compañías de seguros - responsabilidad civil - responsabilidad solidaria - indemnización de perjuicios - daño emergente - recurso de apelación. acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas189-190
189
62.-
LEY DE TRÁNSITO - ACCIDENTES DE TRÁNSITO -
INFRACCIONES DE TRÁNSITO - SEGUROS - COMPAÑÍAS DE
SEGUROS - RESPONSABILIDAD CIVIL - RESPONSABILIDAD
SOLIDARIA - INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS - DAÑO
EMERGENTE - RECURSO DE APELACIÓN - RECURSO
ACOGIDO - DISIDENCIA
Castro Torres, Dagoberto E., Palma Navarro, Mauricio A. y Vega
Schurch, Cristian E. s/ Infracción a la ley del tránsito -
Indemnización de perjuicios
Corte de Apelaciones de Concepción
14 - 5- 2011
ROL: 355-11
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Al determinarse la responsabilidad infraccional de uno de los
conductores en el accidente, bajo lo establecido por el artículo 172 Nº
2 y 13 de la Ley 18.290, es procedente la acción civil para reparar los
perjuicios causados en virtud de tales infracciones.
DOCTRINA
1.- Corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto se ha
establecido la existencia de responsabilidad infraccional de uno de
los conductores involucrados en el juicio, el cual habría originado la
colisión múltiple entre tres vehículos. Así, del análisis de las
declaraciones formuladas en la causa se permite establecer que el
causante del accidente fue uno sólo de los conductores involucrado,
el cual al frenar y girar hacia su derecha desde la segunda pista de
circulación para ingresar al Aserradero al que se dirigía, obstruyó
de forma intempestiva la circulación de otro camión que viajaba
detrás suyo y del camión que se desplazaba por la pista derecha. La
conclusión anterior no es contraria a los principios de la lógica ni los
datos de la experiencia, y, por el contrario, el mismo conductor
reconoció en su indagatoria que se cambió de pista porque iba a
entrar al Aserradero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo

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