Oficio nº 083653 de 27 de Diciembre de 2012, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.744. D.S. 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.) - Doctrina Administrativa - VLEX 479814102

Oficio nº 083653 de 27 de Diciembre de 2012, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.744. D.S. 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)

  1. - El gerente general de una empresa, recurrió a esta Superintendencia, haciendo presente por Carta de 27 de mayo de 2011, esa Mutual le notificó la Resolución, de 6 de mayo de 2011, por la que otorgó a un trabajador, una pensión por invalidez parcial de la Ley N°16.744, a contar del 6 de julio de 2009.


    Agrega que el interesado fue contratado el 1 de agosto de 2005, renunciando el día 2 de agosto de 2005, por lo que habiendo trabajado 1 día estima que su enfermedad profesional, no se pudo originar producto de realizar labores de maestro primero de cañería.


    Por lo expuesto, solicita no imputar a esa empresa la enfermedad profesional del interesado.


  2. - Requerida al efecto esa Mutualidad, por oficio N°36.555, de 21 de junio de 2011, a la fecha del presente oficio no ha evacuado su respuesta.


  3. - Sobre el particular, cabe señalar que a partir de la vigencia del D.S. 67, es decir, el 1° de julio de 2001, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 letra a) de dicho cuerpo reglamentario, las incapacidades y muertes deben considerarse en la empresa en que se produjo el accidente o se contrajo...

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