Ley 20399 - OTORGA DERECHO A SALA CUNA AL TRABAJADOR - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238932270

Ley 20399 - OTORGA DERECHO A SALA CUNA AL TRABAJADOR

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

LEY NÚM. 20.399

OTORGA DERECHO A SALA CUNA AL TRABAJADOR

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una moción de las Diputadas señoras Marta Isasi Barbieri, Adriana Muñoz D'Albora, Claudia Nogueira Fernández, Clemira Pacheco Rivas, Denise Pascal Allende, Alejandra Sepúlveda Órbenes, Ximena Valcarce Becerra y Ximena Vidal Lázaro, y de los Diputados señores Ramón Farías Ponce y Tucapel Jiménez Fuentes.

Proyecto de ley:

Artículo único

Agréganse los siguientes incisos octavo y final, en el artículo 203 del Código del Trabajo:

"El trabajador o trabajadora a quienes, por sentencia judicial, se le haya confiado el cuidado personal del menor de dos años, tendrá los derechos establecidos en este artículo si éstos ya fueran exigibles a su empleador.

Lo anterior se aplicará, además, si la madre fallece, salvo que el padre haya sido privado del cuidado personal por sentencia judicial.".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 17 de noviembre de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Claudia Serrano Madrid, Ministra del Trabajo y Previsión Social.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Rodney Belmar Altamirano, Subsecretario del Trabajo Subrogante.

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