Oficio nº 055102 de 31 de Agosto de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744.) - Doctrina Administrativa - VLEX 480503646

Oficio nº 055102 de 31 de Agosto de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744.)

  1. - Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando un pronunciamiento acerca de las prestaciones otorgadas por el Instituto de Seguridad Laboral, como Organismo Administrador de la Ley N° 16.744 al cual se encuentra adscrito su empleador, en relación al cuadro de salud mental presentado en febrero de 2008; en especial solicita se califique el alta, que usted considera prematura, toda vez que dicho Organismo suspendió su tratamiento psiquiátrico, sin haber obtenido el alta de su médico tratante.


    Requerido al efecto, el Instituto de Seguridad Laboral informó que con fecha 14 de febrero de 2008 Ud. fue derivada por convenio a la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, para ser atendida por cuadro con diagnóstico de "Síndrome de depresión severa reactiva", considerado como de origen laboral. Agrega que Ud. se mantuvo 18 meses en tratamiento psiquiátrico y psicológico, y que las medidas de cambio de puesto de trabajo, no tuvieron mayor efecto sobre su cuadro clínico.


  2. - Sobre el particular, cabe señalar que el Departamento Médico de esta Superintendencia, procedió al análisis de los antecedentes...

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