Oficio nº 066349 de 20 de Octubre de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16395; Ley Nº 18833; Ley Nº 19539.) - Doctrina Administrativa - VLEX 480503566

Oficio nº 066349 de 20 de Octubre de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16395; Ley Nº 18833; Ley Nº 19539.)

  1. - Por la presentación de antecedentes,la persona que se indica, ha recurrido a esta Superintendencia a nombre de la interesada, solicitando su desafiliación de esa Caja. Hace presente que la interesada se encuentra enferma postrada.


    Señala haber realizado trámite ante esa Corporación en los primeros días de mayo de este año y que sólo el 14 de julio se le respondió que debía recurrir a este Servicio para solicitar la desafiliación.


  2. - Requerida al respecto, esa Caja informó, en síntesis, que la afiliación de la interesada se efectuó conforme a la normativa vigente y que por aplicación de las instrucciones de esta Superintendencia, contenidas en la Circular N°2226, de 2005, modificada por la Circular N°2412, de 2007, le resulta imposible visitar a la interesada en su domicilio para efectuar la tramitación de su solicitud de desafiliación, ya que esa circular establece que tanto las afiliaciones como las desafiliaciones deben ser efectuadas personalmente en una oficina de la Caja de Compensación.


  3. - Sobre el particular, esta Superintendencia debe manifestarle que efectivamente la Circular N°2226, de 2.005, establece que las afiliaciones de pensionados a una C.C.A.F. y las desafiliaciones de los mismos, deberán efectuarse personalmente mediante la suscripción, en ese acto, de la correspondiente solicitud en una oficina de las Cajas de Compensación en que éstos puedan solicitar cualquier prestación adicional, de crédito social o complementaria, sin embargo, también se debe considerar que la representación es una regla general en nuestro derecho y en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR