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Ley núm. 16908, publicada el 06 de Septiembre de 1968. AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARA TRANSFERIR LOS TERRENOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Rango de LeyLey

AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARA TRANSFERIR LOS TERRENOS QUE SEÑALA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1°

El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo" ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Igualmente dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica.

Además, el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo de la ciudad de La Serena.

Artículo 2°

El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 Mayo" y "Alemana", ubicados entre O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chiguayante.

Artículo 3°

Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4° de la ley N° 16.322, de 15 de Septiembre de 1965.

Artículo 4°

Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que correspondan en las poblaciones señaladas en esta ley.

Artículo 5°

Facúltase al Presidente de la República para aplicar dentro de 180 días contados desde la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el decreto ley N° 153, de 7 de Julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la Población de "Tierras Blancas", ubicada en la comuna de Coquimbo.

Artículo 6°

Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al Cementerio de Coronel.

La condonación a que se refiere...

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