Oficio nº 18071 de 20 de Abril de 2017, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.744.) - Doctrina Administrativa - VLEX 677631657

Oficio nº 18071 de 20 de Abril de 2017, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.744.)

  1. - Usted se ha dirigido a esta Superintendencia exponiendo que la Mutualidad le practicó exámenes preocupacionales, a fin poder trabajar en una empresa contratista de una minera, que evidenciaron que tendría problemas de salud que no lo harían apto para el cargo, por lo que lo derivaron a realizarse exámenes, pero no ha tenido respuesta de los mismos.


  2. - Requerida al efecto dicha Mutualidad, remitió el informe y los antecedentes correspondientes. En síntesis, señala que usted no presenta silicosis pulmonar y se encuentra pendiente su historia ocupacional por exposición a ruido, a fin de calificar su hipoacusia.


  3. - Sobre el particular, cabe hacer presente que los exámenes preocupacionales corresponden a programas de selección de personal, los cuales buscan definir la compatibilidad de salud de trabajadores con los riesgos laborales a los que estarán expuestos, en cumplimiento a lo prescrito en el Código del Trabajo en sus artículos 184 al 187, que establecen:“...para trabajar en industrias o trabajos peligrosos o insalubres, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad. La calificación a que se refiere el inciso...

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