Oficio nº 1197 de 29 de Enero de 2019, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395 y Ley Nº18.833.) - Doctrina Administrativa - VLEX 770120301

Oficio nº 1197 de 29 de Enero de 2019, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395 y Ley Nº18.833.)

  1. - Usted ha recurrido a esta Superintendencia, exponiendo que debido a un crédito social que le otorgó la Caja de Compensación, su actual empleador le ha descontado, sin su consentimiento y sin informarle en forma previa un porcentaje de su remuneración.

    Solicita que no le descuenten la última de tres cuotas del crédito, cobradas en forma diferida, por considerar que no ha autorizado su descuento.

  2. - Requerida al efecto la Caja de Compensación, procedió a emitir un informe sobre su situación, acompañando los antecedentes del caso, donde consta el pagaré de la deuda con su autorización para efectuar el descuento, firmada de su puño y letra y con la impresión de su huella dactilar. Al respecto, cabe informar que el crédito social a que se refiere corresponde al otorgado el 26 de enero de 2012, por un monto de $302.966, en 10 cuotas de $33.026, que de acuerdo con los antecedentes acompañados, fue cursado regularmente. El crédito se pagó en forma oportuna hasta abril de 2012, desde la cuota 1 a la 3 y en forma desfasada respecto de las cuotas 4 a la 10, hasta quedar completamente pagado en septiembre de 2018, con las últimas tres cuotas que corresponden a las reclamadas en su presentación.

    Sobre el particular, cabe señalar que el inciso primero del artículo 58° del Código del Trabajo dispone que “el empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad social, las cuotas sindicales en conformidad a la legislación respectiva y las obligaciones con instituciones de previsión o con organismos públicos”. De esta disposición se desprende que el empleador se encuentra obligado a deducir de las remuneraciones de los trabajadores deudores de una Caja de Compensación (que tiene el carácter de entidad previsional), el total de las cantidades informadas por éstas, por concepto de crédito social, con el fin de remitirlas...

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