Ley núm. 19206, publicada el 18 de Marzo de 1993. MODIFICA ARTICULO 56 DE LA LEY N° 18.681 - MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470691618

Ley núm. 19206, publicada el 18 de Marzo de 1993. MODIFICA ARTICULO 56 DE LA LEY N° 18.681

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Rango de LeyLey

MODIFICA ARTICULO 56 DE LA LEY N° 18.681 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley:

"Artículo único.- Agrégase al artículo 56 de la ley

N° 18.681 el siguiente inciso cuarto nuevo, pasando los

actuales incisos cuarto y quinto a ser quinto y sexto,

respectivamente:

"La Comisión a que se refiere el inciso anterior

deberá ponderar, al momento de discernir el otorgamiento

de las becas, la circunstancia de encontrarse el

postulante que cumple con los requisitos que exige este

artículo, en posesión de una de ellas, o bien, el hecho de haberla obtenido con anterioridad, para los efectos de asegurar el término de su programa de estudios.".".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 3 de marzo de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Arrate Mac Niven, Ministro de Educación.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a Ud...

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