Ley núm. 18886, publicada el 20 de Diciembre de 1989. INTERPRETA LEY N° 18.830
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA |
Rango de Ley | Ley |
INTERPRETA LEY N° 18.830 La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
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Que los empleos de las especificaciones en los artículos 72 A y 72 B de la ley N° 18.827, modificada por la ley N° 18.830 sustituyen los cargos de las plantas de la Secretaría y Administracion General; de la Superintendencia de Educación Pública; de las Direcciones de Educación Primaria y Normal, Secundaria y Profesional; del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y de la Oficina de Presupuestos del Ministerio de Educación Pública, las que se entienden suprimidas a contar de la fecha de vigencia de la ley N° 18.827;
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Que, sin perjuicio de la fusión de las plantas que se ha producido por efecto de la aplicación de los artículos 72 A y 72 B de la ley N° 18.827, el gasto en personal continuará realizándose durante 1989 con los fondos contemplados en los Subtítulos pertinentes de los Capítulos 01, 02, 06 y 07 del Presupuesto aprobado para el Ministerio de Educación Pública;
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Que el encasillamiento de pleno derecho ordenado en el artículo 73 de la ley N° 18.827, en el caso de las plantas a que se refieren los artículos 72 A y 72 B de dicha ley, debe operar por orden de antigüedad, sobre la base de lo previsto en el Estatuto Administrativo, y
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Que, para los efectos del encasillamiento dispuesto en el artículo 73 de la Ley N° 18.827, las equivalencias de los cargos de las plantas que se suprimen según lo señalado en la letra a) anterior y los cargos de las plantas de los artículos 72 A y 72 B agregados a la ley N° 18.827 por la ley N° 18.830, son las que se indican a continuación y que sustituyen las glosas incorporadas en dichos artículos:
IDENTIFICACION DE CARGOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION
PUBLICA
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NIVEL CENTRAL
DENOMINACION ANTIGUA
ESCALAFONES / CARGOS | NIVEL | GRADO E.U.S. |NUMERO |
| | |DE CARGOS|
AUTORIDADES DE | | | |
GOBIERNO | | | |
MINISTRO | | B | 1 |
SUBSECRETARIO | | C | 1 |
| | | 2 |
| | | |
JEFE SUPERIOR DE | | | |
SERVICIO | | | |
| | | |
DIRECTOR de EDUCACION| | | |
SECUNDARIA | III | 2 | 1 |
| | | |
| | | |
DIRECTIVO | | | |
JEFE DEPARTAMENTO | | | |
DE CULTURA Y | II | 6 | 1 |
PUBLICACIONES | | | |
| | | |
DIRECTIVOS | | | |
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