Laboralización de la función pública. Reflexiones a propósito del debate sobre la aplicación de la acción de tutela de derechos fundamentales a los trabajadores públicos - Núm. 56, Julio 2021 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 878497778

Laboralización de la función pública. Reflexiones a propósito del debate sobre la aplicación de la acción de tutela de derechos fundamentales a los trabajadores públicos

AutorKarla Cecilia Varas Marchant
CargoPontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile
Páginas185-230
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Revista de Derecho núm. 56 (2021): 185-230
Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
doi 10.4151/S0718-685120210056-1291
recibido 14 de diciembre de 2020 · aceptado 14 de junio de 2021
artículos de investigación
Laboralización de la función pública.
Reexiones a propósito del debate sobre
la aplicación de la acción de tutela
de derechos fundamentales
a los trabajadores públicos
Turning public employment into employment law. Reexions
around the debate on supplemental application of the proceedings
on human rights within the employment relationship to public workers
Karla Varas Marchant
Ponticia Universidad Católica de Valparaíso, Chile
resumen
La doctrina clásica administrativista postula que quienes trabajan en la Admi-
nistración Pública deben estar sometidos a un régimen de derecho público,
de carácter estatutario y no contractual, con una regulación en la órbita del
derecho administrativo. El trabajo que realizan estas personas, por tanto, no
debe quedar entregado a la regulación del régimen jurídico de la relación labo-
ral privada (el derecho del trabajo). El objetivo principal de este artículo será
derribar la clásica tesis de separación entre el trabajo desarrollado en el sector
público del desarrollado en el sector privado, postulando que, en razón de la
vocación de universalidad del derecho del trabajo, el constante crecimiento
del aparato administrativo y el consecuente aumento de su personal, dicho
régimen jurídico poco a poco ha ido tomando un protagonismo importante.
Para demo strar que el siste ma d e fu nción púb lica chil eno e stá trans itand o ha -
cia lo que se ha denominado fenómeno de laboralización de la función pública,
analizaremos la problemática derivada de la aplicación de la acción de tutela de
derechos fundamentales regulada en el Código del Trabajo a los trabajadores
del sector público regidos por la normativa estatutaria. A partir de este análisis,
demostraremos que el derecho del trabajo poco a poco ha ido avanzando hacia
tierras que le eran ajenas, en aras de la protección del trabajo subordinado.
palabras cl av e
Laboralización función pública · tutela laboral · funcionarios públicos · dere-
chos fundamentales.
Varas Marchant, K.
Laboralización de la función pública
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abstract
e classical administrative theory proposes that those who work in the eld
of Public Administration must be subject to the regime of public law, statuto-
ry and non-contractual, with its regulation located in the orbit of administra-
tive law. e work carried out by public employees, therefore, should not be
handed over to the regulation of the legal regime of the private employment
relationship under Labour Law. e main objective of this article will be to
dismantle the classical theory of separation between the work carried out in
the public sector from that carried out in the private sector, asserting that due
to the universality of labour law, the constant growth of the administrative
apparatus and the consequent increase in its sta, the public law regime has
gradually taken on an important role. To demonstrate that the Chilean public
administration system is moving towards what has been called the phenom-
enon of laborization of the public function, we will analyze the problems
derived from the application of the action for the protection of fundamental
rights regulated in the Labor Code for workers in the public sector governed
by statutory regulations. Based on this analysis, we will show that the labor
law has been gradually advancing towards unchartered waters for the sake of
the protection of subordinate labor.
key wo rd s
Public sector labor · labor protection · public ocials · fundamental rights.
I. Introducción
En sus orígenes, el derecho del trabajo no tuvo en vista la regulación del
trabajo del sector público. Como expresa Supiot, «el derecho del trabajo
es, esencialmente, el derecho del trabajo remunerado y no rige, en prin-
cipio, el trabajo independiente, el trabajo dentro de la Administración
pública o el trabajo a título gratuito».1
El régimen legal típico de la función pública no está en la órbita del
derecho del trabajo, sino en la del derecho administrativo; la regulación
del empleo público se dene por leyes y reglamentos. Por el contrario, el
régimen laboral privado, si bien contempla un estatuto protector, da una
amplia cabida a la contractualidad, la que actúa en todo su esplendor en
el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo. Sobre esta base se ha mar-
cado una tajante separación entre el derecho del trabajo y el derecho de la
función pública, que se ha justicado, entre otros motivos, en la necesidad
de que el Estado se provea de cuerpos especializados de funcionarios que
atiendan las necesidades de la gestión pública, sin ser capturados por gru-
pos de interés o presión, especialmente políticos.2
1 Supiot, Alain, Derecho del Trabajo (Buenos Aires, Editorial Heliasta, 2008), p. 10.
2 En ese sentido, Rajevic, Enrique, La precarización del empleo público en Chile y el
mito de la carrera funcionaria, en Quinto Encuentro Anual de la Sociedad Chilena de Políti-
cas Públicas (Santiago, enero de 2014), p. 1.
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Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
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Con el tiempo, la tajante separación de la regulación del trabajo en
el sector privado del trabajo en el sector público se ha ido relativizando,
especialmente porque instituciones clave del derecho del trabajo —tu-
tela de derechos fundamentales, derechos colectivos, entre otras—, han
traspasado las fronteras del trabajador asalariado del mundo privado, en
razón de la atracción que ejercen sobre otras formas de trabajo humano
subordinado, como es el realizado en el sector público.3
La expansión que ha tenido el derecho del trabajo al ámbito de la fun-
ción pública ha sido denominada fenómeno de laboralización de la función
pública.4 Se trata, como su nombre lo indica, de la aplicación de institu-
ciones propias del derecho del trabajo al ámbito de la función pública.
Ahora, esta laboralización puede ser de carácter parcial (laboralización dé-
bil) o total (laboralización fuerte).
En este contexto, el objetivo principal de este artículo será derribar la
clásica tesis de separación entre el trabajo desarrollado en el sector público
del desarrollado en el sector privado, postulando que, debido a la vocación
de universalidad del derecho del trabajo, el constante crecimiento del apa-
rato administrativo y el consecuente aumento de su personal, dicho régi-
men jurídico poco a poco ha ido tomando un protagonismo importante.
Para demostrar que el sistema de función pública chileno ha transi-
tado hacia lo que se ha denominado fenómeno de laboralización de la
función pública, analizaremos la problemática derivada de la aplicación
de la acción de tutela de derechos fundamentales regulada en el Código
del Trabajo, a los trabajadores del sector público regidos por la normativa
estatutaria. A partir de este análisis, demostraremos que el derecho del
trabajo poco a poco ha ido avanzando hacia tierras que le eran ajenas, en
aras de la protección del trabajo subordinado.
3 Supiot, Alain, Derecho del Trabajo, cit. (n. 1), p. 10.
4 Otra forma de referirse a este fenómeno es a través de la idea de la «huida del de-
recho administrativo», abandonándose elementos o concepciones clásicas de la función
pública por instituciones propias del derecho del trabajo. Por ejemplo, al introducirse al
ámbito del empleo público mecanismos de participación de los trabajadores en la de-
terminación de sus condiciones de trabajo, como el derecho de negociación colectiva,
se abandona el clásico postulado de que las condiciones laborales en la Administración
Pública son jadas de forma unilateral por la ley. Marín Vallejo, Urbano, Estatuto Admi-
nistrativo: ¿Régimen en retirada en la Administración Pública chilena?, en Pantoja Bauzá,
Rolando (coord.), La Administración del Estado de Chile. Decenio 1990-2000 (Santiago,
Editorial Jurídica Cono Sur, 2000), p. 203.

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