Laboral - accidentes de tránsito - indemnizacion de perjuicios - lucro cesante - seguridad e higiene del trabajador - obligacion de seguridad - ponderacion de la prueba - recurso de nulidad - acogido - Fallos cortes de apelaciones - Accidentes de Tránsito. Síntesis Jurisprudencial y Doctrina - Libros y Revistas - VLEX 903499409

Laboral - accidentes de tránsito - indemnizacion de perjuicios - lucro cesante - seguridad e higiene del trabajador - obligacion de seguridad - ponderacion de la prueba - recurso de nulidad - acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas225-227
225
cuasidelito de lesiones de que fue víctima, el demandante sufrió una
invalidez permanente de un 75%, estrés postraumático, depresión
mayor, disminución por atrofia de la movilidad de la región escapular
izquierda, limitación en la capacidad de elevación del hombro de
igual lado, disminución de la fuerza muscular del deltoides izquierdo
y de la zona escapular de ese mismo lado; todo lo cual natural e
indudablemente le produjo una aflicción, dolor físico y espiritual de
importancia, lo que es constitutivo del daño moral sufrido por la
víctima, que es necesario reparar, correspondiendo regular
prudencialmente el monto de la indemnización.
3.- Es insuficiente para fundar la pretensión de que la apreciación
del daño debe reducirse, de conformidad a lo establecido en el
artículo 2330 del Código Civil por que el demandante se habría
expuesto indebidamente a él al estar estacionado en un lugar
prohibido al momento de ocurrido el accidente, toda vez que no se
acreditó tal aseveración y con posterioridad a la ocurrencia del
cuasidelito que sirve de base a la demanda, se instalaron señales
reglamentarias de tránsito «Prohibido estacionar» en el lugar del
siniestro.
88.-
LABORAL - ACCIDENTES DE TRÁNSITO - INDEMNIZACION DE
PERJUICIOS - LUCRO CESANTE - SEGURIDAD E HIGIENE DEL
TRABAJADOR - OBLIGACION DE SEGURIDAD - PONDERACION
DE LA PRUEBA - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO
Sepúlveda c/ Maestranza Joma S.A. s/ Obligación de seguridad -
Capacitación
4ª Sala, Corte de Apelaciones de San Miguel
4- 3- 2019
ROL: 626-18
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Si el sentenciador hubiese cumplido con la obligación establecida en
el artículo 459 Nº 4 del Código del Trabajo y, por tanto, hubiere
realizado el análisis de toda la prueba rendida, habría llegado a la
conclusión que no existió responsabilidad por parte del empleador en

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