Decisión nº C1765-13, de Consejo de Transparencia de 2 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544587734

Decisión nº C1765-13, de Consejo de Transparencia de 2 de Abril de 2014

Fecha de Resolución 2 de Abril de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Planos U Otras Representaciones Gráficas - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C1765-13

Entidad pública: Ministerio de Agricultura y Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN)

Requirente: Jonathan Araya Quezada

Ingreso Consejo: 14.10.2013

En sesión ordinaria Nº 512 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1838-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285, Nº 19.880 y N° 19.628; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 5 de septiembre de 2013, don Jonathan Araya Quezada solicitó al Ministerio de Agricultura (en adelante, indistintamente MINAGRI), un conjunto de información cartográfica en formato digital, referida a la VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins, a saber:

«a) Catastro Frutícola Nacional. Cámaras de Frío, Región VI

b) Estudio Agrologico VI Región. Parametria 2

c) Catastro Frutícola Nacional. Frutícola, VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins

d) Propiedades Rurales de la VI Región del Libertador Gral. Bernardo O’Higgins

e) Catastro de Uso del Suelo y Vegetación. Monitoreo y Actualización en la VI Región del Libertador Bernardo OHiggins.

f) Distritos agroclimáticos Chile: Censo Agropecuario 2007. Superficie Viñas

g) Chile: Censo Agropecuario 2007. Ganado Caprino

h) Chile: Censo Agropecuario 2007. Superficie cultivos industriales

i) Riesgo de Erosión Potencial de la Región del Gral. Libertador Bernardo O’higgins

j) Riesgo de Erosión Actual de la Región del Gral. Libertador Bernardo O’higgins

k) Programa de actualización plantaciones forestales. Región del Lib. Gral. Bernardo O’higgins

l) Catastro Frutícola Nacional. Fumigación, Región VI

m) Catastro Frutícola Nacional. Embalaje, VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins

n) Catastro Frutícola Nacional. Agroindustrias, VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins

o) Mosaico de Ortoimagen color de la VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins

p) Riesgo de Erosión Potencial de la VI Región. Además de otra información, como las curvas de nivel, plantaciones frutícolas, agroindustrial, bosque nativo, Información agroclimática (distritos, isolíneas, evapotranspiración potencial), información de los recursos hídricos (red de canales), u otra como la realizada por los Servicios del Agro».

2) DERIVACIÓN Y RESPUESTA: Mediante el Oficio Nº 702, de 12 de septiembre de 2013, la Subsecretaría de Agricultura derivó la anterior solicitud al Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN), precisando que este último organismo posee la información solicitada. El CIREN se hizo cargo de la solicitud de información y respondió a la misma mediante Carta Nº 000417, de 9 de octubre de 2013, señalando, en síntesis, lo siguiente:

a) El MINAGRI cuenta con GEOPORTAL, construido informáticamente como un «Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales»/IDE-MINAGRI. Explica que este sistema incorpora un mecanismo de visualización de mapas vía web, a través del cual se encuentran disponibles para el público capas de información geográfica como la que se solicita. Agrega que en el mismo sitio web es posible acceder a los metadatos de cada capa (http://ide.minagri.gob.cl/geonetwork/srv/es/main.home), así como a los manuales para el uso del sistema y otra información de utilidad.

b) Referente al denominado «Mosaico de Ortoimágen», señala que se trata de información de naturaleza cartográfica que no puede proporcionar por cuanto se encuentra sujeta a una licencia de uso exclusivo a favor del CIREN.

c) Respecto de información concerniente al censo agropecuario 2007, señala que se encuentra disponible en oficinas del INE, mientras que la información referente a plantaciones forestales, se encuentran disponibles en las oficinas de CONAF. Asimismo, precisa que en el sitio web de ODEPA se encuentra disponible gran parte de la información, como sucede con el Catastro Agroindustrial, el cual contiene información más actualizada de la agroindustria chilena (sitio web: www.odepa.gob.cl/odepaweb/serviciosinformacion/publica/Catastro_Agroindustrial_Informe_final.pdf y http://diragro.odepa.cl/).

3) AMPARO: El solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Ministerio de Agricultura y en contra del CIREN, argumentando al efecto que:

a) Parece improbable que el Ministerio de Agricultura no posea la información solicitada, pues los servicios del agro generan información para el apoyo de dicho Ministerio, quien al menos debería poseer copia de la cartografía digital solicitada, máxime si esta corresponde a varios años anteriores.

b) CIREN indica que existe un sistema de visualización de mapas del cual es posible extraer la información solicitada. Sin embargo, dicho sistema requiere una conexión a la base de datos IDE MINAGRI a través de un programa llamado ST Links SpatialKit, el cual es de pago, siendo la versión libre limitada a un cierto número de campos y no a toda la cartografía. Si bien es posible inscribirse en la página de los autores del programa, esto considera una espera innecesaria. Además se propone al usuario inscribirse en otras páginas de manera obligatoria, lo cual no hace más que entrabar el acceso a la información solicitada.

c) La información solicitada pudo ser enviada por el Ministerio de Agricultura desde un principio, pues se encuentra en la base de datos del Geoportal del Ministerio de Agricultura (IDE MINAGRI). Más aun, el ministerio indica dar respuesta al CIREN por información que desde un principio este no podía dar, como las plantaciones forestales, respecto de lo cual el CIREN deriva a las oficinas de la CONAF. Con todo, la entrega de información se torna burocrática, ya que ahora el suscrito debería solicitar la información a cada uno de los servicios.

d) El CIREN indica que cuenta con información sujeta a licencia de uso exclusivo o a la venta. Si bien se entiende que este servicio debe autofinanciarse, esta limitante no debiese considerarse en el contexto de la solicitud, ya que su utilidad es para fines estudiantiles, y además, se debiese tomar en cuenta la antigüedad de la información; así, por ejemplo, la cartografía de las Propiedades Rurales de la VI Región tienen una data de 1996, y el Mosaico de ortoimagen color de la VI Región posee también una antigua data.

4) SUBSANACIÓN: En conformidad a lo prescrito en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, este Consejo Directivo acordó requerir al reclamante que subsanara su amparo, en el sentido de señalar los motivos por los cuales la información entregada resulta incompleta, especificando cuál o cuáles antecedentes no le habrían sido entregados; e indicar la fecha en que le fue notificado de la derivación realizada por la Subsecretaría de Agricultura al CIREN, acompañando los antecedentes pertinentes. La anterior medida le fue comunicada a través del Oficio 4338, de 14 de octubre de 2013. El reclamante, por su parte, junto con acompañar la documentación que le fuera solicitada precisó lo siguiente:

a) En el manual «Conexión a IDE mediante arcgis.pdf», desde la página indicada por CIREN, se lee que la extensión indicada (arcgis) es gratuita para instituciones sin fines de lucro. Sin embargo, de todas formas los usuarios se deben registrar pues en caso contrario tienen una descarga limitada. Por otra parte, en la página del autor de la extensión ST Links SpatialKit (http://www.st-links.com/Pages/License.aspx) es posible apreciar que se debe pagar por la licencia, lo que permite obviar la limitación de los 100 registros. En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR