El Ius Constitutionale Commune y el diálogo entre jueces: el caso del derecho humano al agua en Colombia - Núm. 1-2022, Julio 2022 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 912420909

El Ius Constitutionale Commune y el diálogo entre jueces: el caso del derecho humano al agua en Colombia

AutorPaola Alexandra Sierra-Zamora, Tania Lucía Fonseca-Ortiz
CargoPh. D Internacional cume laude en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional por la Universitat de Valéncia (España)/Magister (c) en Educación Inclusiva e Intercultural de la Universidad El Bosque
Páginas141-174
ESTUDIOS
CONSTITUCIONALES
ISSN 0718-0195 · Vol. 20 · Núm. 1 · 2022 · pp. 141-174 · DOI: 10.4067/S0718-52002022000100141
El Ius Constitutionale Commune y el diálogo entre
jueces: el caso del derecho humano al agua en Colombia
1
Ius Constitutionale Commune and the dialogue between judges: The case of the
Human Right to water in Colombia
Paola Alexandra S
IERRA
-Z
AMORA
2
Tania Lucía FONSECA-ORTIZ 3
Resumen: El presente artículo de investigación tiene por objeto vislumbrar la situación actual de
protección a nivel nacional y regional del derecho humano al agua y cómo desde un constitucionalismo
transformador se puede propender por maximizar el acceso a los derechos humanos de las poblaciones
urbano marginales así como de los pueblos indígenas, más aún cuando estos son los articuladores
esenciales para el desarrollo de una vida digna y sana, por lo que, se analiza la oportuna posibilidad de
emplear el Ius Constitutionale Commune Latinoamericano por medio del diálogo judicial para la
comprensión oportuna del compendio normativo interno, así como el supranacional, además de la
jurisprudencia que interpreta el corpus iuris en lo que a derechos medioambientales concierne y su
inclusión como derechos humanos propiamente dichos.
Palabras clave: Control de convencionalidad, Derechos Humanos, Ius Constitutionale Commune
Abstract: The purpose of this research article is to provide a glimpse of the current situation of
protection at national and regional level of the human right to water and how, from a transforming
constitutionalism, it is possible to maximize the access to human rights of marginal urban populations
as well as indigenous peoples, especially when these are the essential articulators for the development
1 Artículo resultado de investigación del proyecto titulado "Retos y desafíos para el Constitucionalismo transformador, el diálogo entre
jueces y el derecho internacional" de la Universidad Católica de Colombia, categorizado en A1 por Minciencias y con código de registro
COL0120899.
2 Ph. D Internacional cume laude en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional por la Universitat de Valéncia (España).
Magíster en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional por la misma casa de estudios. Abogada de la Universidad Católica
de Colombia. Docente investigadora del grupo de Investigación persona, instituciones y exigencias de justicia de la Universidad Católica
de Colombia reconocido con código COL120899 con Categoría A 1 de Minciencias. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-3146-7418. Correo
electrónico: pasierra@ucatolica.edu.co
3
Magister (c) en Educación Inclusiva e Intercultural de la Universidad El Bosque. Abogada titulada con honores de la Universidad Católica
de Colombia. Joven Investigadora del Grupo de Investigación “Persona, Instituciones y Exigencias de justicia” adscrito al Centro de
Investigaciones Socio Jurídicas de la Universidad Católica de Colombia y reconocido con código COL120899 con Categoría A1 de
Minciencias. Investigadora del grupo de investigación “Centro de Misiones Internacionales, Acción Integral y Derechos Humanos
reconocido por Minciencias. Orcid: https://orcid.org/0000-0001-5089-3562. Correo electrónico: tlfonseca64@ucatolica.edu.co
Fecha de recepción: 2020-05-19; fecha de aprobación: 2021-09-01
141
P. A. S
IERRA
-Z
AMORA Y
T. L. F
ONSECA
-O
RTIZ
A
RTÍCULO DE INVESTIGACIÓN
ESTU D IO S
CO N S T I T U CI O N AL E S - CE CO CH
Vol. 20 · Núm. 1 · 2022 · pp. 141-174
142
of a dignified and healthy life, Therefore, we analyze the opportune possibility of using the Latin
American Ius Constitutionale Commune through judicial dialogue for the timely and effective
understanding of the internal normative compendium, as well as the supranational one, in addition to
the jurisprudence that interprets the corpus iuris as far as environmental rights are concerned and their
inclusion as human rights themselves.
Keywords: Human Rights, Ius Constitutionale Commune, Conventionality Control
1.
Introducción
La protección a los Derechos Humanos en el mundo se ha consolidado a través de robustos sistemas
jurídicos, así como de instrumentos supranacionales de estirpe internacional o regional permitiendo
en principio que cada individuo cuente con las suficientes herramientas que le permiten un goce
efectivo, pero que adicionalmente posibilitan ante la violación injustificada de los derechos una
oportuna respuesta. Pese a ello, la mínima protección o amparo estatal que se gesta en varios países
desafían el disfrute oportuno de cada individuo, impidiendo que cada postulado normativo se
materialice y solo se quede en una utopía escrita. La corrupción que afecta a muchos países
latinoamericanos, la cual supone disponer de los recursos del Estado e, inclusive, usar la ley para
favorecer intereses particulares, es otra amenaza seria contra los derechos humanos4.
Para Summers5 ante la protección insuficiente o la inocua acción de cada Estado se desarrolla el
movimiento internacional de los Derechos Humanos por medio del cual, se promueve la protección al
vincularse a los mecanismos creados para tal fin poniendo de presente las diferencias radicales en las
formas reales de protección para Europa, Estados Unidos o América Latina, dada la trayectoria de
atención, pero que, no se concibe como impedimento para sedimentar robustos esquemas que
salvaguarden a las personas de los supuestos fácticos que intentan contra sus derechos, desde el
accionar estatal así como de las amenazas externas de los grupos armados al margen de la ley.
En efecto, las respuestas nacionales a las violaciones de derechos se han construido a partir de las
garantías constitucionales y la interpretación completa que se realiza a la constitución por medio de
los tribunales constitucionales. En efecto, se exalta específicamente el propósito del
constitucionalismo:
4
Silva (2019) y (2000).
5
Summers (2004).
A
NÁLISIS DEL CASO
“Ó
RDENES
G
UERRA Y OTROS VS
C
HILE
(F
ONDO
, R
EPARACIONES Y
C
OSTAS
)”
ESTU D IO S
CO N S T I T U CI O N AL E S - CE CO CH
Vol. 20 · Núm. 1 · 2022 · pp. 141-174
143
administrar la polémica materia de la vida cotidiana a fin de imponerle un orden racional, un
esquema normativo que y despliega prin cipios y procedimientos de asignación de recursos y de
solución de conflictos a través de los múltiples niveles y sectores de la sociedad6.
Ahora bien, los retos que se constituyen alrededor del desarrollo colectivo de la vida cotidiana se
manifiestan en graves debilidades al cuidado y garantía de los derechos humanos, pero no solo al
catálogo básico ubicado en los instrumentos internacionales como la Declaración Universal de
Derechos Humanos o la Carta de las Naciones Unidas, sino también, se suman la particularidad de las
generaciones de derechos desde una concepción humanista, social, económica, medioambiental,
digital y de transformación, traducidas en una contestación social desde la reivindicación de las
facultades que le conciernen a cada sujeto para vivir dignamente.
A partir de allí, los fundamentos de seguridad y dignidad humana por medio de la libertad, la
justicia y la paz son el eje central de amparo de aquellos derechos no pertinentes taxativamente a los
compendios originarios, dándoles un lugar en los convenios que se han gestado después, de los cuales
se rescata el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer.
Es así como, por medio de la identificación de los escenarios más álgidos en los que la vida actual
se desenvuelve, se lograría, en principio, una protección idónea y real a los coasociados en cada Estado,
sin embargo, la concepción tautológica de los Derechos Humanos se reduce al lugar común en el que
la garantía estatal no se evidencia puesto que, no basta un ajuste normativo lleno de promesas
constitucionales de las que subyacen las marcadas falencias reduciéndose a “constituir una pura
abstracción, un artificio teórico ajeno a la realidad, que pretende imponerse al curso natural de las
cosas, que es el marcado por la tradición de cada grupo humano”7.
El triunfo de la adecuación normativa desde esta óptica deviene de un adecuado trámite
administrativo, político y público que le dé vida y fundamento a cada uno de los derechos desde la
progresividad e interdependencia, proporcionando instrumentos suficientes a las poblaciones
vulnerables o poco privilegias, pues son ellas fundamentalmente las más perjudicadas, como es el caso
de Colombia en el que para el 2020 la pobreza monetaria fue 42,5% y la pobreza monetaria extrema
fue 15,1% en el total nacional8.
6
Valencia (2014), p. 35.
7
Ramos (2001), p. 873.
8
Dane (2021).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR