Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 20 de Julio de 1996. ESTABLECE FORMA DE INSTALACION Y PLANTA DE PERSONAL;DE LA MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
ESTABLECE FORMA DE INSTALACION Y PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS
Santiago, 31 de Mayo de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1-19391.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 y en el inciso 2° del artículo 88 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confieren los artículos 3° y 4° transitorios, de la Ley N° 19.391, que crea la Comuna de Padre Las Casas, vengo en dictar el siguiente
Decreto con Fuerza de Ley:
La municipalidad quedará instalada a la fecha en que asuman sus cargos el Alcalde y los integrantes del Concejo, elegidos en la próxima elección municipal que se realice de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 18. 695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Fíjase la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Padre Las Casas.
Planta Cargos Grados Nº Cargos
ALCALDES Alcalde 4º 1
DIRECTIVOS Juez de Policía 5º 1
Local
Secretario Comunal
de Planificación
y Coordinación 5º 1
Director de
Desarrollo
Comunitario 5º 1
Director de Obras
Municipales 5º 1
Asesor Jurídico 6º 1
Secretario Municipal 6º 1
Directivo 6º 1
Directivo 7º 1
PROFESIONALES Profesionales 6º 2
Profesionales 7º 3
Profesionales 8º 4
Profesional 9º 1
JEFATURAS Jefatura 8º 1
Jefatura 9º 1
Jefatura 10º 1
TECNICOS Técnicos 10º 2
Técnicos 11º 3
Técnicos 12º 3
Técnico 13º 1
ADMINISTRATIVOS Administrativos 12º 3
Administrativos 13º 4
Administrativos 14º 4
Administrativos 15º 2
Administrativos 16º 2
AUXILIARES Auxiliares 14º 3
Auxiliares 15º 4
Auxiliares 16º 4
Auxiliares 17º 2
Auxiliar 18º 1
T. Car. 60
Declárase que para la provisión de los cargos de la planta de personal fijada en el artículo anterior serán aplicables los requisitos que señala el artículo 10 de la Ley...
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