Ingreso de extranjeros y Constitución - 20 de Julio de 2013 - El Mercurio - Noticias - VLEX 449886422

Ingreso de extranjeros y Constitución

Por efectos de una intensa aplicación de tratados internacionales en Chile, el Tribunal Constitucional declaró inaplicable un precepto legal que desde 1975 faculta al Ministerio del Interior para otorgar o denegar visas de ingreso y permanencia a extranjeros. Habiéndose rechazado el reclamo que apunta a la facultad legal referida a la permanencia y eventual expulsión, se acogió el relativo al permiso de ingreso de extranjeros. El fundamento central del fallo se construye sobre el derecho de las personas a migrar, cada vez más consolidado en tratados y pactos internacionales de derechos humanos. Este derecho universal, si bien tiene legítimas limitaciones en el mismo derecho internacional, según el TC se encuentra defectuosamente recogido en el DL N° 1.094, sobre extranjeros en Chile.

La norma tachada de inconstitucional faculta al ministro del Interior para resolver sobre el permiso de ingreso atendiendo a criterios de conveniencia, utilidad y reciprocidad internacional, previo informe de Investigaciones. Los tratados internacionales ratificados por Chile, especialmente el Pacto Universal de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, solo admiten limitaciones en torno a la seguridad nacional, salud, moral, orden público y otras análogas, lo que, según los magistrados constitucionales, hace excepcional un rechazo. Estas causales son por cierto justificadas y Chile no podrá jamás renunciar a ellas, pues perdería legítimo control de su política migratoria.

No obstante, las causales de la ley chilena habrían quedado demasiado abiertas, en particular la referida a la "conveniencia". De allí el reproche, dado que la Constitución, en su artículo 197, letra a), garantiza el derecho a en- trar y salir del territorio nacional. Un aspecto jurídico relevante en este razonamiento consistió en que nuestra Carta Fundamental, a diferencia de otras, no distingue entre chilenos y extranjeros para efectos del...

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