INGENIERÍA, CMX CHILE SpA 76.330.685-2 - 30 de Abril de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 902729277

INGENIERÍA, CMX CHILE SpA 76.330.685-2

Fecha de publicación30 Abril 2022
Número de registroCVE-2122205
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.241
CVE 2122205 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.241 | Sábado 30 de Abril de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2122205
EXTRACTO
RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público 4° Notaria
Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén,
certifica: Por escritura pública de 26 de abril de 2022, ante mí, CARLOS FREDY IGLESIAS
LEAL, domiciliado en Calle Pedro Gómez de las Montañas 124, Comuna de San Pedro de la
Paz, modificó la sociedad “INGENIERÍA, CMX CHILE SpA”, rut 76.330.685-2, capital social
de $3.000.000, divido en 10 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y
única serie, sin privilegio alguno; sociedad constituida mediante escritura pública de fecha 06 de
marzo de 2014, otorgada en la Décima Notaria de Concepción con asiento en Penco de don
Alejandro Omar Abuter Game, la que en extracto se inscribió a fojas 70 número 43 en el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Penco correspondiente al año 2014,
publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de marzo de 2014. La modificación consiste en; Se
modifica el TÍTULO TERCERO. De la administración y uso del nombre social. ARTÍCULO
NOVENO. Facultades de administración de la sociedad; Uno: Acordar las normas a que deberán
ceñirse las operaciones de la sociedad, dictar los reglamentos internos; contratar a los
trabajadores de la sociedad, fijarles sus remuneraciones y obligaciones; poner término a sus
contratos y suscribir respectivos finiquitos; Dos: Comprar, vender, permutar y, en general,
adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o
incorporales, incluso bienes raíces urbanos o rurales, derechos sobre éstos, valores mobiliarios,
acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre bienes enumerados y
otros, pudiendo constituir hipotecas, incluso con cláusula de garantía general, pactar
prohibiciones de gravar y enajenar, prendas, servidumbres, usufructo sobre toda clase de bienes
inmuebles o muebles, sean estos últimos valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas
corporales o incorporales; celebrar contratos de custodia y administración de cartera con
corredores de bolsa y administradores profesionales de patrimonio; Tres: Dar y tomar en
arrendamiento, comodato, administración, concesión o bien, a cualquier título, toda clase de
bienes, sean éstos corporales o incorporales, raíces o muebles; Cuatro: dar y recibir dinero y
otros bienes en depósito, sea éste necesario o voluntario y en secuestro; Cinco: Recibir en
hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; alzar y posponer hipotecas; Seis: Recibir en
prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o
incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, sin
desplazamiento, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Siete: Celebrar
contratos de promesa, compraventa, arrendamiento, con o sin opción de compra, leasing.
factoring, permuta, comodato, depósito, transporte, mutuos, préstamos, concesiones, seguros, y,
en general toda clase contratos nominados e innominados, pudiendo comprar, vender, adquirir,
transferir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o
incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, moneda extranjera, efectos públicos o
de comercio, y derechos de cualquier naturaleza; fijar precios, rentas, renunciar derechos y
acciones y, especialmente la acción resolutoria, cabidas o deslindes, condiciones de pago, plazos
y demás cláusulas, modalidades y estipulaciones que sean de la esencia, de naturaleza o
meramente accidentales; aceptar toda clase de garantías que se constituyan a favor de la
Sociedad, celebrar contratos de transporte, fletamento, de cambio, de correduría y de transacción;
Ocho: Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista,
distribuidora o concesionaria, o para que ésta los constituya; Nueve: Representar a la sociedad en
las Juntas de Accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedad en que la sociedad sea
accionista o socia, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones, pudiendo acordar
la reforma de estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; concurrir, en
representación de la sociedad a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles
como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por
acciones o simple, asociaciones o cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR