Informe seguimiento if 850-2017 -conaf y otros - supervigilancia, custodia, administración y control de áreas protegidas. - Doctrina Administrativa - VLEX 879068400

Informe seguimiento if 850-2017 -conaf y otros - supervigilancia, custodia, administración y control de áreas protegidas.

Fecha25 Agosto 2021
Número de informe850/2017
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

INFORMES VINCULADOS
Número Tipo Nombre
850/2017 Informe Final de Auditoría INFORME FINAL 850 - 2017 CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL FUNCIONES INSTITUCIONALES FISCALIZACIÓN ÁREAS PROTEGIDAS - JULIO 2018
OBJETIVO

Efectuar el seguimiento de las observaciones clasificadas como Altamente Complejas (AC) y Complejas (C), y que se mantuvieron con ocasión del Informe Final N°850, de 2017, sobre auditoria a las acciones desarrolladas por la Corporacion Nacional Forestal, la Subsecretaria del Medio Ambiente y otros organismos del Estado, respecto de la supervigilancia, custodia, administracion y control de las áreas protegidas.

CONCLUSIONES

I. Observaciones que se subsanan.

Corporación Nacional Forestal: Capítulo II. Examen de la Materia Auditada, numeral 1, literal b) Sobre la vigencia y/o actualización de los instrumentos de manejo de áreas protegidas. (C)
Subsecretaría del Medio Ambiente
1. Capítulo II. Examen de la Materia Auditada, numeral 2, punto 2.1, Sobre la supervigilancia y custodia de las áreas protegidas, literal c), respecto a los talleres a realizar el 2017-2018. (C)
2. Capítulo II. Examen de la Materia Auditada, numeral 2, punto 2.1, Sobre la supervigilancia y custodia de las áreas protegidas, literal c), sobre los 22 santuarios de la naturaleza. (AC)
3. Capítulo II. Examen de la Materia Auditada, numeral 2, punto 2.2. Sobre los planes de manejo de los santuarios de la naturaleza creados después del año 2010, en lo que respecta al Santuario Estero Derecho. (C)
II. Observaciones que se mantienen.
Corporación Nacional Forestal
1. Capítulo II. Examen de la Materia Auditada, numeral 1, literal a) Sobre los instrumentos de manejo de las áreas protegidas (C): En lo que atañe a esta materia, se verificó que 10 de las 78 áreas protegidas consideradas en la revisión, no poseían ningún tipo de instrumento para su administración y/o gestión. De las cuales se advirtió que el Parque Nacional Yendegaia, el Monumento Natural Quebrada de Cardones y las Reservas Nacionales Altos de Pemehue y Nonguén, se encontraban en proceso de elaboración sus planes de manejo, mientras que en el caso del Parque Nacional Cabo de Hornos, se iniciaría su proceso de planificación en el año 2018.
Ahora bien, analizados los antecedentes aportados, respecto al estado de avance asociado a la elaboración de los planes de manejo de las 5 áreas observadas, se advirtió que en el caso de la Reserva Nacional Altos de Pemehue, esta no contaba con un proceso de elaboración de plan en curso, como tampoco para los siguientes años, mientras que en el caso del Monumento Natural Quebrada de Cardones y el Parque Nacional Cabo de Hornos, iniciarían su proceso de elaboración de plan de manejo el año 2019, con fecha de término el año 2020. Respecto de estos dos últimos, verificado el sitio web de CONAF, al 22 de junio de 2021, no consta la publicación de sus planes.
Por su parte, la Reserva Nacional Nonguén y el Parque Nacional Yendegaia iniciaron este proceso el año 2017, teniendo como fecha de finalización los años 2019 y 2020, verificado el sitio web de CONAF, al 22 de junio de 2021, no consta la publicación del plan relativo al Parque Nacional Yendegaia.
A su vez, verificados los planes de manejo disponibles en la página web de la CONAF, con fecha 17 de diciembre de 2020, se constató la publicación del Plan de Manejo de la Reserva Nacional Nonguén de 2019, no obstante, no se advirtió la publicación de su sanción administrativa.
Con ello, entonces, CONAF informó la elaboración de una programación, con el detalle de los trabajos pendientes y en curso, las etapas a desarrollar, responsables y plazos, relativos a la elaboración de los planes de manejo de las áreas protegidas, tanto en las áreas sin plan, como de actualización de ellos según corresponda. Ver Tablas Nos 1 y 2, de Anexo N° 2.
Ahora bien, en lo relativo a los respaldos de los patrullajes se informó su ejecución para los años 2016-2017, en la Reserva Nacional Altos de Pemehue, Reserva Nacional Nonguén, y Parque Nacional Corcovado, así como también para el 2018 en estas dos últimas áreas. A su vez, en el caso del Parque Nacional Isla Guamblin, se constató la ejecución de aquellos solo en los años 2017 y 2018.
Sin embargo, para el Parque Nacional Yendegaia y el Monumento Natural Quebrada de Cardones, se advirtieron fiscalizaciones a sectores limitados de las áreas protegidas por eventos puntuales de accidentes o instalación de elementos, como cámaras trampa. Mientras que en los casos de las áreas protegidas: Parque Nacional Isla Magdalena, Parque Nacional Cabo de Hornos, Monumento Natural Paposo Norte, no se verificó el desarrollo de los patrullajes anuales declarados para el período 2016-2017, como se detalla en la Tabla N° 4, del Anexo N° 2.
Finalmente, cabe mencionar que si bien se detectó la ejecución de fiscalizaciones en 3 áreas en el año 2018 -Reserva Nacional Nonguén y Parques Nacionales Corcovado e Isla Gumblin-, no se advierte de los antecedentes aportados, la elaboración de una programación de dichas actividades de patrullaje durante ese año, o sucesivas, en los parques observados.
Por otra parte, sobre los criterios de priorización, se constató que mediante la citada resolución exenta N° 812, de 2017, se establecieron los 6 criterios formales para definir la revisión y actualización de los "Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado". Sin embargo, si bien en la planilla incluida en su respuesta incorporó los 6 criterios adicionales que permitirían incluir las áreas sin plan de manejo como prioritarias para elaborar tales planes, asignándoles un puntaje, éstos no se encuentran descritos en la metodología aprobada y aportada, de modo que no consta su aprobación formal.
En consecuencia, la CONAF subsana parcialmente lo requerido respecto a informar Ios avances asociados a la elaboración de los planes de manejo y la programación, con el detalle de los trabajos pendientes y en curso, las etapas a desarrollar, responsables y plazos; con relación a los planes de manejo de las áreas protegidas observadas.
Por otra parte, se subsana lo observado respecto a la realización de patrullajes en la Reserva Nacional Altos de Pemehue, Reserva Nacional Nonguén, Parque Nacional Corcovado y Parque Nacional Isla Guamblin. Sin embargo, persiste lo observado para los casos del Parque Nacional Yendegaia, Monumento Natural Quebrada de Cardones, Parque Nacional Isla Magdalena, Parque Nacional Cabo de Hornos y Monumento Natural Paposo Norte.
En relación con el refuerzo de los controles, y arbitrar los mecanismos para establecer criterios formales con el fin de definir las unidades que deben contar con un instrumento de manejo, y la programación y priorización de ello, se verificó la elaboración de una programación en atención a las prioridades mencionadas por la entidad, con las que definió y aplicó nuevos criterios, de las que no constó su formalización.
Ahora bien, en atención a lo previamente descrito, se subsana lo observado sobre este aspecto. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad formalice los criterios que permitan incluir las áreas sin plan de manejo como prioritarias para elaborar tales planes -Parques Nacionales Yendegaia y Cabo de Hornos, el Monumento Natural Quebrada de Cardones y la Reserva Nacional Altos de Pemehue-, descritos en su respuesta.
En consecuencia, CONAF deberá establecer la programación de las acciones de patrullajes en las áreas protegidas de difícil acceso, estandarizando los registros de dicha acción para el año 2021, respecto a los casos del Parque Nacional Yendegaia, Monumento Natural Quebrada de Cardones, Parque Nacional Isla Magdalena, Parque Nacional Cabo de Hornos y Monumento Natural Paposo Norte, y remitir los avances asociados a la elaboración del plan de manejo y la programación con el detalle de los trabajos pendientes y en curso, las etapas a desarrollar, responsables y plazos, respecto a la Reserva Nacional Altos de Pemehue, programada para el 2023, y la sanción administrativa del Plan de Manejo de la Reserva Nacional Nonguén, todo lo cual deberá ser reportado en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en la pestaña “Registro de...

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