INFORME SEGUIMIENTO 41-10 INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL AUDITORÍA DE TRANSACCIONES, DE PERSONAL Y REMUNERACIONES - NOVIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565326214

INFORME SEGUIMIENTO 41-10 INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL AUDITORÍA DE TRANSACCIONES, DE PERSONAL Y REMUNERACIONES - NOVIEMBRE 2011

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioINSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Número de informe41/2010
Tipo de informeInforme de Seguimiento
NivelCentral

En atención a lo expuesto, cabe concluir que en relación con las situaciones observadas en el Informe Final N° 41, de 2010, de esta Contraloría General y de las verificaciones efectuadas sobre su cumplimiento, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial ha implementado las acciones tendientes a subsanar las observaciones. No obstante lo anterior, el INAPI deberá considerar lo siguiente:

  1. Reiterar a los solicitantes de patentes y marcas, el procedimiento relativo a la acreditación del pago del arancel, esto es, que inmediatamente de efectuado el depósito en la cuenta corriente del INAPI, lo confirme ante el Instituto, para iniciar el proceso de peritaje de la solicitud respectiva.:

  2. Contabilizar e identificar los depósitos bancarios destinados al page de arancel de peritajes, registrar las transacciones en el momento en que ocurren y emitir oportunamente las resoluciones que autorizan cometidos funcionarios.

  3. Establecer las eventuales responsabilidades administrativas, si es procedente, por la no regularización de las horas extraordinarias y en el evento que exista un retraso u omisión en Ia aplicación de los descuentos relacionados con el cumplimiento de Ia jornada laboral, de todo lo cual deberá informar a esta Entidad de Control.

  4. Tener presente lo indicado por el artículo 65, de la ley N° 18.575...

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