INFORME DE SEGUIMIENTO 151-13 COMPLEJO HOSPITALARIO SAN JOSÉ SOBRE DENUNCIA EFECTUADA POR EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN PERIODÍSTICA DE CHILE - ENERO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562166538

INFORME DE SEGUIMIENTO 151-13 COMPLEJO HOSPITALARIO SAN JOSÉ SOBRE DENUNCIA EFECTUADA POR EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN PERIODÍSTICA DE CHILE - ENERO 2015

Fecha de Resolución23 de Enero de 2015
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioCOMPLEJO HOSPITALARIO SAN JOSE
Número de informe151/2013
Tipo de informeInforme de Seguimiento
NivelCentral

En mérito de lo expuesto, cabe concluir que el Complejo Hospitalario San José, realizó las gestiones que permitieron subsanar las observaciones contenidas en el cuadro N° 1 del presente informe. No obstante lo anterior, se mantiene la situación informada en el cuadro N° 2, con la acción derivada que se indica.:

En lo referente a las observaciones contenidas en los numerales 11-9.1” Valor de las prestaciones”; 11-9.2 “Las cantidades de atenciones informadas para el pago de los honorarios no corresponden a las atenciones reales de los profesionales”; 11-9.3 “Creación de órdenes médicas con la finalidad de acreditar prestaciones no otorgadas” y 11-9.4 “ Pagos a profesionales que no tenían contratos a honorarios con el centro hospitalario, a través de otros facultativos”, referidas a irregularidades relacionadas con los convenios a honorarios, esto es, el valor de las prestaciones, las cantidades de atenciones informadas para el pago de los honorarios que no corresponden a las prestaciones reales de los profesionales, creación de órdenes médicas con la finalidad de acreditar atenciones no otorgadas y pago a profesionales que no tenían contrato con el centro de salud a través de otros profesionales, este Organismo de Control se encuentra tramitando un procedimiento disciplinario en virtud de la resolución exenta N° 1.409, de 7 de marzo 2014, según lo dispuesto en los artículos 131 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, a fin de establecer las responsabilidades administrativas que eventualmente pudieran derivarse de los hechos descritos. Luego, en relación a las situaciones consignadas en el acápite 1-1 “Registro de prestaciones” de la entrega parcial de las fichas clínicas; 1-3 “Resguardo, custodia y almacenaje de antecedentes” sobre el almacenamiento de los formularios de atención de los pacientes; 11- .1 “Autorización de funcionamiento” del policlínico Maruri respecto a las prestaciones a pacientes ambulatorios; 11-1.3 “Traspaso de dependencia” referido a la inexistencia de un acto administrativo que sancione el traspaso de la administración del policlínico desde el SSMN al CHSJ; 11-1.4 “Encargado de policlínico” cuyo acto administrativo relativo al nombramiento que contempla las funciones asignadas no fueron confeccionadas; II- 1.5 “Cierre del policlínico” situación derivada del cierre del policlínico; 11-2.2, literales b); y d) sobre irregularidades en “Revisión de fichas...

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