Informe Investigacion Especial 95 - 15 Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del BÍO-BÍO sobre Examen de Cuentas y Eventuales Irregularidades - Abril 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 682366033

Informe Investigacion Especial 95 - 15 Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del BÍO-BÍO sobre Examen de Cuentas y Eventuales Irregularidades - Abril 2015

Fecha de Resolución30 de Abril de 2015
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioServicio de Vivienda y Urbanizacion Bio Bio
Número de informe95/2015
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional
CONTRALORÍA REGIONAL DEL 810-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Servicio
de Vivienda y
Urbanización Región del Bío-Bío
Número de Informe: lE 95/2015
30 de abril de 2015
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA
REGIONAL
DEL
BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL
EXTERNO
REF.
W001137/14
RNG/vvu. REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
CONCEPCIÓN, o o 8 1 5 1 .
..
o 4.
05
.
201
5
Adjunto remito a Ud., para
su
conocimiento y
fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial
No
lE
95,
de 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría efectuada
en
el
Servicio de Vivienda y
Urbanización, Región del Bío-Bío.
Sobre
el
particular, corresponde que esa
autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que
en
cada caso
se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que se
verificarán
en
una próxima visita que practique en esa Entidad este Organismo de
Control
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DIRECTORA
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Saluda atentamente a
Ud.
VERÓN
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A
ORR
E
GO
AHUMAD
A
CONTHALOR
RE
GIO
NAL
DEL
BIO
BID
SERVICIO
DE
VIVIENDA Y URBANIZACIÓN
REGIÓN DEL BÍO-BÍO
PRESENTE.
O'Higgins Poniente N"
74
, Concepción, fono 41-311 3000
www.contraloria.
cl
-concepción@contralor
ia
.
cl
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
REF.
W001137/14
RNG/vvu. REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
CONCEPCIÓN, O O 8 1 5 2
.•
O
4.
05.
2015
Adjunto remito a
Ud
.,
para
su
conocimiento y
fines pertinentes, Informe Final de Investigación Especial No lE 95, de 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría efectuada
en
el Servicio de Vivienda y
Urbanización, Región del Bío-Bío.
Sobre
el
particular, corresponde que esa
autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada caso
se señalan , tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que se
verificarán en una próxima visita que practique en esa Entidad este Organismo de
Control.
AL
SEÑOR
Saluda atentamente a Ud.
VE
NI
CA
ORREGO
AH
U
MA
DA
CONTRAlOR
R
EG
IONAl OH 810 BID
JEFE DE AUDITORÍA INTERNA
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN
REGIÓN DEL BÍO-BÍO
PRESENTE.
O'Higg ins Poniente W 74, Concepción , fono
41
-
31
13000
www.contralor
ia
.
ci
-concepción@contraloria.
ci
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
REF.
W001137/14
RNG/vvu.
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
CONCEPCIÓN, O O 8 1 5 3 - O 4.
05
.
201
5
Adjunto remito a Ud., para
su
conocimiento y
fines pertinentes , Informe Final de Investigación Especial No lE
95,
de 2015,
debidamente aprobado, sobre auditoría efectuada
en
el
Servicio de Vivienda y
Urbanización, Región del Bío-Bío.
AL SEÑOR
CRISTIAN FERNÁNDEZ JARA
GÓMEZ CARREÑO 5665
VILLA PERALES
TALCAHUANO.
Saluda atentamente a
Ud
.
V
ER
ÓNI
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RE
GO
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UM
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A
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GIONAL D
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810
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ID
O'Higgins Poniente W 74, Concepci
ón,
fono 41-3 113000
www.contraloria.cl -concepción@contraloria.cl
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OVERNIGHT
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DIA
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TARIO
TERCER
DIA
HABIL
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LLENAR
CON LURA
IMPRENJA
1
Orden
de
TransportE
Oficina Central:
Av.
José
Joaquín
Pérez:
1376
Trans~rtes
-Servicios y
Telec:::~municacionl
Parque de Negocios
Enea·
Pudohuel·
Fono:
(56·2) 2382 4800
R.U.T.:
96.756.430
• 3
§SO
BRE
VALIJA
ENCOMIENDA
COD.
OFICINA
ORIGEN
CONSOLIDADO
.,LTO
REF. N°W001137/14
RNG/vvu.
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA
REGIONAL
DEL
BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL
EXTERNO
REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
CONCEPCIÓN, O O 8 3 O O - O S.
05
.
2015
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y
fines pertinentes, copia del informe final de investigación especial No lE 95, de 2015,
debidamente aprobado, con el resultado de
la
auditoría efectuada en el Servicio de
Vivienda y Urbanización, Región del Bío-Bío, ello,
en
consideración a que se ordena a
la citada entidad instruir
un
sumario administrativo; y copia del oficio No 8151, de 4 de
mayo de 2015, remisor del citado informe.
Saluda atentamente a
Ud
.
VERÚNICA
ORREGO
AHUMADA
C
ONTRALOR
REGIONAL
DEL
BIO
BID
A LA SEÑORA
LUZMIRA PALMA PALMA
JEFE DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO
FISCAlÍA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
SANTIAGO.
O'
Higgins Poniente W 74, Co ncepció
n.
Teléfo n
o:
4
1-
3
11
30 00
www.contraloria.cl -co ncepcion@contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
REF:
No
W001137/14 INFORME FINAL
DE
INVESTIGA
CI
ÓN
ESPECIAL
No
95
DE
2015, SOBRE
EVENTUALES IRREGULARIDAD
ES
ACONTECIDAS
EN
EL
SERVICIO
DE
VIVIENDA Y URBANIZACIÓN
DE
LA REGIÓN
DEL BÍO-BÍO.
CONCEPCIÓN, 3 0
ABR.
2015
Se ha dirigido a esta Contraloría Regiona
l,
el
señor Cristian , quien denuncia presuntas irregularidades
en
el
Se
rv
icio
de Vivienda y Urbanización de
la
Región del Bío-Bío, SERVIU, en relación con
el
cambio
del proyecto denominado "Corredor de Transporte Público
Talcahuano-
Concepción
Tramo
2:
Calle Hualpén -Puente Perales", específicamente en
el
acceso a
la
calle
Gómez Carreño, presentación que dio origen a una investigación especial,
cu
yos
resultados constan
en
el
presente documento.
l.
ANTECEDENTES
El
trabajo efectuado tuvo como finalidad
investigar los hechos denunciados por
el
recurrente, quien solicita conocer las razones
por las cuales se modificó
la
ubicación del acceso a
la
calle Gómez Carreño; cuestiona
el
cambio del sentido de tránsito
en
la
misma calle, y
la
excesiva velocidad con la que
los vehículos ingresan
al
sector.
11.
METODOLOGÍA
El
trabajo se ejecutó de conformidad
co
n las
disposiciones contenidas
en
los artículos
131
y 132 de
la
ley
No
10.336, sobre
Organización y Atribuciones de este Organismo Contralor, e incluyó solicitud de
informes, entrevistas con diversos funcionarios, documentos, constancias, visita de
inspección
en
terreno y otros antecedentes que
se
estimó necesarios.
111.
ANÁLISIS
De
acuerdo
con
las indagaciones efectu
ad
as,
documentos recopilados y considerando
la
normativa legal pertinente, así como los
datos aportados por
el
SERVIU,
se
logró determinar los hechos que se exponen a
continuación.
A LA SEÑORA
VERÓNICA ORREGO AHUMADA
CONTRALOR REGIONAL DEL BÍO-BÍO
PRESENTE.
O' Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.
cl
-concepcion@contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
1.
Antecedentes generales.
El
proyecto "Corredor de Transporte
blico
Talcahuano-
Concepción Tramo
2:
Calle
Hualpén-
Puente Perales", tiene
la
fi
na
li
d
ad
de producir
un
ordenamiento vial
en
la
comuna de Talcahuano tanto para
la
locomoción
colectiva como
la
de vehículos particulares. Fue adjudicado por
el
SERVIU mediante
resolución
No
124, de 9 de agosto de 2011, tomada de razón por esta Contraloría
Regional
el
24 de agosto del mismo año, a
la
empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A.,
por
un
monto
de$
16.516.954.877, IVA incluido, conforme
al
decreto
No
236, de 2002,
del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba las Bases Generales
Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivie
nd
a y
Urbanización.
Es menester puntualizar que
el
acceso a
la
calle Gómez Carreño, se encuentra contenida
en
dicho corredor,
el
cual se encontraba
proyectado entre los pasajes Los Claveles y LosTulipanes, y luego, fue desp
la
zado
alrededor de 75 metros
al
oriente, a
la
altura del último pasaje señalado. (Ver anexo
fotográfico, fotos
5 1 y 12).
La
supervisión técnica del SERV
IU
, la
desarrolló
la
señora Verónica Silva Verdugo, ingeniero civil, directora de obra,
designada mediante
la
orden de servicio
No
550, de 2 de septiembre de 2011, del citado
organismo, complementada por
la
No
486, de 3 de octubre de 2013.
Al efecto,
el
11
de agosto de 2014, se emite
el
Acta de Recepción con reservas, y luego,
el
6 de octubre de 2014,
el
Certificado de
Recepción de las obras,
en
el
que
se
establece que
el
proyecto se encuentra terminado ,
lo
anterior, certificado por
la
directora del SERVIU,
el
10 de noviembre de
la
misma
anualidad, indicando que
el
contrato presenta
un
avance físico y financiero de 100
%.
Posteriormente, por medio del oficio ordinar
io
No
9.879, de
16
de octubre de 2014,
el
director (S) del SERVIU, señor Marcelo López
Otárola, entregó
en
administración municipal las obras señaladas precedentement
e.
La
investigación especial consta
en
el
preinforme de observaciones
No
95
, de 2015,
el
cual fue puesto
en
conocimiento de la
Directora
P.
y
T.
del SERVIU, mediante oficio
No
2.446, de
11
de febrero de 20
15
, de
esta Contraloría Regional, con
la
finalidad de que formulara los alcances y preci
si
ones
que, a
su
juicio, procedieran,
lo
que hizo en
su
respuesta contenida
en
el
oficio No 2
.3
1
7,
de 1 O de marzo de 2015,
la
que
ha
sido debidamente analizada para
la
emisión del
presente informe final.
2. Hechos investigados.
2.
1.
Sobre
el
cambio de ubicación de acceso a
la
calle Gómez Carreño.
El
recurrente solicita que se
le
ind
i
qu
en las
razones por las cuales se cambió
la
ubicación del acceso a
la
calle Gómez Carreño.
2
O'Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.
ci-
concepcion@contraloria.
ci
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Inicialmente
el
acceso citado estaba
emplazado entre los pasajes Los Claveles y Los Tulipanes, conforme se detalla
en
los
planos de diseño geométrico, de levantamiento topográfico, de señalización y
demarcación, láminas 1 02-T2-PI-DG-01; 1 02-T2-PL-L
T-01
y 1 02-T2-PL-SV-01,
respectivamente,
no
obstante,
el
referido acceso fue ubicado a
la
altura del último
pasaje mencionado.
Al respecto, requerido
su
pronunciamiento,
el
SERVIU dio respuesta por oficio ordinario
No
5.777, de 20 de junio de 2014, que incluye
el
memorándum
No
751, del jefe del departamento técnico del SERVIU, don Eloy
Grandón Contreras,
con
informe sobre
la
materia, señalando que
el
cambio del acceso
fue por motivo de factibilidad técnica, siendo aprobado por
el
SERVIU y
la
Municipalidad
de Talcahuano.
De
lo
expuesto
en
los párrafos precedentes,
se
desprende que hubo una modificación del proyecto que a
la
fecha del presente informe
no está justificado técnicamente,
con
las siguientes observaciones:
a)
Conforme a los antecedentes tenidos a
la
vista, y
lo
informado por
el
servicio, se advierte que no existe
un
acto formal
debidamente fundamentado, que valorice y/o indique
un
aumento o disminución de
la
obra y/o costo cero y que apruebe
el
cambio de
la
ubicación del acceso, vulnerando
con
ello
el
,
de
la
19.880, sobre Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los actos de los Órganos de Administración del Estado.
En
su
respuesta,
el
servicio adjunta
un
reporte
de
la
supervisora del SERVIU, señora Verónica Silva Verdugo, quien reconoce que se
emplazó
el
acceso a
la
calle Gómez Carreña
en
un
lugar distinto
al
proyectado, para
no
detener
el
avance de las obras, agregando que no elaboró
el
informe técnico respectivo
por no haber mayores costos para
el
SERVIU, asimismo, precisa que no se modificó
el
proyecto y sólo
se
desplazó
la
ubicación.
Complementa
su
argumentación,
mencionando
el
inciso segundo del artículo 66, del decreto
No
236, de 2002, del
Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba Bases Generales Reglamentarias de
Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización, que señala que
"la ITO, está facultada para autorizar modificaciones hasta en
un
uno por ciento de
la
obra que, obedeciendo a elementales exigencias de buena construcción, pudieren ser
indispensables a pesar de todo
lo
previsto y cuya ejecución evite detener
la
marcha de
la
obra, dando cuenta de ello a
la
autoridad que corresponda".
En
consideración a que
el
servicio fiscalizado,
no acompaña
un
documento debidamente fundamentado, en los términos señalados en
el
primer párrafo de este literal, que permita desvirtuar
la
observación planteada, y
además, que
no
consta que se dio cuenta a
la
autoridad correspondiente, ésta
se
mantiene.
3
O'Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.
cl
-concepcion@contraloria.cl
J1
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
b)
La
directora de
la
obra, entregó
al
contratista
por medio del folio
No
69,
el
5 de noviembre de 2012, del libro de obra
IM,
un
plano con
la
modificación de
la
ubicación
al
acceso a calle Gómez Carreño, firmado sólo por ella
en
representación del SERVIU, sin tener autorización para variar
el
proyecto,
infringiendo
con
ello,
el
punto 4.2.3 "Prohibiciones de
la
ITO", del decreto
No
85,
de
2007, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Nuevo Manual de
Inspección Técnico de Obras, MITO, que señala que ésta "no está facultada para
introducir modificaciones durante
el
desarrollo de las obras
en
los planos de formas,
disposición y especificaciones técnicas, que alteren los diseños de cualquier tipo".
e)
En
relación a este punto,
no
obstante
haberse solicitado,
no
fueron tenidos a
la
vista los respaldos de las cartillas de:
"programación financiera
P4";
"el
programa de trabajo de
la
obra", "Carta Gantt
M1
";
"el
programa y cuadro resumen de estados de pago o anticipos
M2";
"el
cuadro de avance
por partidas
M3";
"el
cuadro de avance programado y real
M4
y M5"; y "la ficha control
pre-recepción y recepción de comisión",
en
relación
con
el
cambio de
la
ubicación del
acceso a
la
calle Gómez Carreño del proyecto, según
lo
exigido
en
la
sección V
denominada "Planificación y Procedimientos Generales de Administración de
Contratos", numerales 5.3 "herramientas de planificación para
la
administración de
contratos" y
5.4
"control administrativo de los contratos durante
la
construcción", y
lo
indicado
en
la
sección
VI
"Metodología para
el
control técnico de
la
obra", numeral 6.5
"procedimiento para
la
recepción de obras" del decreto
No
85,
de 2007,
ya
señalado.
El
servicio
no
da respuesta a las observaciones
precedentes, por
lo
que corresponde mantenerlas.
2.2. Sobre
el
sentido del tránsito.
En
lo
que atañe
al
cambio del sentido del
tránsito,
la
directora de obra del SERVIU, doña Verónica Silva Verdugo, emitió
un
informe técnico, contenido
en
oficio ordinario
No
5.777, de 6 junio de 2014, señalando
que " ... dentro de las etapas constructivas de las obras, se consideró dejar habilitadas
dos pistas
en
sentido del tránsito.
El
desvío siempre fue por calle Gómez Carreño, pues
no
existen otras calles alternativas para acceder a Talcahuano".
Por medio del oficio
No
216, de 7 de febrero de
2014,
el
Alcalde de
la
Municipalidad de Talcahuano, a petición del director de tránsito
de dicho municipio, solicitó a
la
directora de obra del SERVIU, que
la
calle Gómez
Carreño fuera
en
sentido unidireccional, hacia Talcahuano,
lo
que fue confirmado por
medio del oficio
No
1.963, de
27
de febrero de 2014, del director del SERVIU, don
Francisco Merino Díaz, indicando que es
la
dirección de tránsito del municipio,
la
responsable de determinar los sentidos de circulación de los vehículos.
Sobre
la
materia, cabe informar que
la
letra
b),
del artículo
26
de
la
ley
No
18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala
que
la
unidad encargada de
la
función de tránsito determinará
el
sentido de circulación
de vehículos,
en
coordinación
con
los organismos de
la
Administración del Estado.
4
O'Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.cl -concepcion@contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Es menester agregar que tal modificación fue
informada a los pobladores del sector, en una reunión sostenida el 27 de diciembre de
2012, en la cual participaron el Director de Tránsito de
la
Municipalidad de Talcahuano,
la presidenta de
la
junta de vecinos doña Marioly ,
la
empresa contratista
y cuarenta residentes del sector, con el fin de explicar el cambio de acceso hacia Gómez
Carreña, lo que consta en
un
acta, no consignándose en ella, la presencia del
recurrente.
2.3. Sobre el aumento de velocidad en el ingreso del acceso.
El
peticionario informó sobre la excesiva
velocidad con la que los vehículos ingresan a la calle de servicio objeto de la denuncia,
lo que a
su
parecer, no ocurría con anterioridad.
Verificados los antecedentes del contrato,
planos y especificaciones técnicas, se establece que la velocidad máxima permitida en
la calle Gómez Carreña, corresponde a la consignada en el artículo 150 de
la
ley
No
18.290, Ley de Tránsito, para zona urbana, esto es de 60 kilómetros por hora, no
advirtiéndose modificación en este aspecto.
CONCLUSIONES
De
acuerdo a los hechos y situaciones
expuestas y a
la
documentación citada en el cuerpo del presente informe se concluye
lo siguiente:
1.
Acápite
2,
numeral 2.1, letra
a)
sobre el
cambio de ubicación de acceso a
la
calle Gómez Carreña, letra a), se verificó que no
existe
un
acto formal debidamente fundamentado, que valorice y/o indique
un
aumento
o disminución de la obra y/o costo cero y que apruebe el cambio de
la
ubicación del
acceso, vulnerando con ello, el artículo
,
de la ley
19.880, sobre Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de Administración
del Estado, por tanto, el SERVIU deberá proceder a regularizar lo señalado debiendo
remitir a esta Contraloría Regional
el
acto administrativo debidamente fundamentado
que acredite
la
falta de valorización de tales modificaciones, acorde con lo informado
por ese servicio.
2.
En
cuanto al acápite
2,
numeral 2.1, letra
b),
respecto a que la directora de
la
obra, señora Verónica Silva Verdugo, entregó
al
contratista
un
plano con
la
modificación de
la
ubicación
al
acceso a calle Gómez
Carreña, sin tener autorización para variar
el
proyecto, infringiendo con ello, el punto
4.2.3 "Prohibiciones de la ITO", decreto
No
85,
de 2007, del Ministerio de Vivienda y
Urbanismo, que aprueba
el
Nuevo Manual de Inspección Técnico de Obras, que
señala que "La ITO, no está facultada para introducir modificaciones durante el
desarrollo de las obras en los planos de formas, disposición y especificaciones técnicas,
que alteren los diseños de cualquier tipo", el SERVIU deberá remitir a este Organismo
5
O'Higgins Poniente No 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.cl -concepcion@contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
de Control,
un
procedimiento formal, debidamente aprobado por las instancias
correspondientes, que aseguren el cumplimiento de
la
normativa señalada.
3.
En
relación al acápite
2,
numeral 2.1, letra
e),
relativo a la falta de presentación de antecedentes de respaldos de las cartillas de
control, según lo exigido en la sección V denominada "Planificación y Procedimientos
Generales de Administración de Contratos", numerales 5.3 "herramientas de
planificación para la administración de contratos" y 5.4 "control administrativo de los
contratos durante la construcción", y lo indicado en la sección VI "Metodología para el
control técnico de
la
obra", numeral 6.5 "procedimiento para
la
recepción de obras" del
decreto
No
85,
antes citado,
el
SERVIU deberá remitir a este Organismo de Control,
copia de los documentos que sustentan los protocolos precitados, en
un
plazo que
no
exceda del31 de julio de 2015.
Al respecto, se hace presente que,
la
no
entrega de información, infringe el inciso segundo del artículo
de
la
sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de
la
República,
la
que
dispone que el Contralor podrá solicitar de las distintas autoridades, jefaturas de
Servicios o funcionarios, los datos e informaciones que necesite para el mejor
desempeño de sus labores.
En
tal sentido, los servicios requeridos, no sólo deben dar
cumplimiento a dichas solicitudes, sino que, además, deben hacerlo de forma oportuna,
es decir, dentro de los plazos establecidos por esta Entidad Fiscalizadora
4.
Acápite
2,
numeral 2.2, sobre el sentido del
tránsito, cabe señalar que conforme a lo indicado en
la
letra
b),
del artículo 26 de
la
ley
No
18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, corresponde a la unidad de
tránsito de
la
Municipalidad de Talcahuano determinar el sentido de circulación de
vehículos, en coordinación con los organismos de
la
Administración del Estado,
competentes en la materia, por lo que
no
hay observación que informar.
5.
Acápite
2,
numeral2.3, sobre el aumento de
velocidad en el ingreso del acceso, se verificó que
la
velocidad máxima permitida en la
calle Gómez Carreña, corresponde a
la
consignada en el artículo 150 de la ley
No
18.290, Ley de Tránsito, para zona urbana, esto es de 60 kilómetros por hora,
normativa a la cual se encontraba sometido
el
proyecto.
Sobre las conclusiones
5
1,
2 y
3,
el SERVIU
deberá instruir
un
sumario administrativo con el fin de determinar las eventuales
responsabilidades administrativas del o los funcionarios de
su
dependencia, relativas a
las irregularidades detectadas, debiendo remitir a esta Contraloría Regional el oportuno
acto administrativo que da inicio a dicho procedimiento disciplinario, en
un
plazo que no
exceda del 26 de mayo de 2015, copia de la resolución exenta que formalice su inicio.
A su vez, una vez finiquitado dicho proceso
sumarial el decreto que lo afine junto a
su
expediente tendrá que ser enviado a esta
Contraloría Regional para
el
trámite de toma de razón, de acuerdo a lo establecido en
la
la
Contraloría General de
la
República.
6
O' Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.cl -concepcion@contraloria.
cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
Finalmente para aquellas observaciones que
se mantienen, se deberá enviar
el
"Informe de Estado de Observaciones" de acuerdo
al
formato adjunto en Anexo
No
1,
en
un
plazo que no exceda del
31
de julio de 2015,
indicando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo
pertinentes.
Saluda atentamente a
Ud.
7
O'Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.
cl
-concepcion@contraloria.cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
ANEXO FOTOGRÁFICO
Desvío
de
tránsito antes del cambio en el Desvío de tránsito antes del cambio en el
acceso. acceso.
8
O' Higgins Poniente W 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.
cl
-concepcion@contraloria.
cl
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
bajos terminados acceso calle Gómez
9
O'Higgins Poniente No 74,
Concepción-
Teléfono: 41-3113000
www.contraloria.cl -concepcion@contraloria.cl
DE
OBSERVACIÓN
Acápite
2,
Hechos investigados,
numeral2.1, letra
a)
.
Acápite 2 , Hechos investigados ,
numeral 2.1, letra
b)
.
Acápite
2,
Hechos investigados,
numeral2.1, letra
e).
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
ANEXO
No
1
ESTADO DE OBSERVACIONES INFORME
No
lE 95/15
MATERIA
DE
LA OBSERVACIÓN
Sobre,
la
inexistencia
de
un
acto formal
debidamente fundamentado, que
valori
ce
y/o indique
un
aumento o
disminución de
la
obra
y/o
costo cero y
que apruebe el cambio
de
la
ubicación
del acceso, vulnerando
con
ello,
el
artículo 3
°,
de la ley W
19
.880, sobre
Bases de los Proced imientos
Administrativos que Rigen los Actos
de
los Órganos de Administración del
Estado.
Sobre,
la
entrega
al
contratista de
un
plano con
la
modificación
de
la
ubicación al acceso a calle Gómez
Carreña, firmado sólo por
la
supervisora
del SERVIU, sin tener autorización para
variar
el
proyecto, infringiendo
con
ello,
el
punto 4.2.3 "Prohibiciones
de
la
ITO
",
del decreto W 85 ,
de
2007, del
Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que
aprueba el Nuevo Manual
de
Inspecci
ón
Técnico de Obras , MITO.
Sobre, los respaldos de las cartillas,
P4
;
el
programa de trabajo
de
la
obra
",
"M1,
M2
,
M3
,
M4
, M5
";
y "la ficha control pre-
recepción y recepción
de
comisión",
en
relación con el cambio
de
la
ubicación
del
acceso
a
la
calle
Gómez
Car
r
eño
del
REQUERIMIENTO PARA
SUBSANAR LA OBSERVACIÓN
SOLICITADA POR
CONTRALORÍA GENERAL
EN
INFORME FINAL
Remitir copia de
la
resolución exenta
que da inicio
al
sumario administrativo.
El
SERVIU deberá efectuar las
valorizaciones correspondientes
de
la
modificación del acceso a Calle
Gómez Carreña, mediante
un
acto
formal, aprobado por las instancias
correspondientes, remitiendo a este
Organismo de Control,
el
documento
que así
lo
acredite.
Remitir copia de
la
resolución exenta
que
da
inicio
al
sumario administrativo.
El
SERVIU deberá enviar a este
Organismo
de
Control,
un
procedimiento formal, debidamente
aprobado por las instancias
pertinentes, que asegure
el
cumplimiento
de
la normativa
indicada.
Remitir copia
de
la resolución exenta
que da inicio
al
sumario administrativo.
El
SERVIU deberá remitir a este
Organismo de Control , copia
de
los
respaldos
de
cartillas
de
esta
mate
r
ia
.
10
MEDIDA IMPLEMENTADA Y
SU
DOCUMENTACIÓN
DE
RESPALDO
O'
Hi
ggini
Po
nilintli
No
71'1
, Conclipción
~
Tlill~fono
:
41.'~113000
www.contraloria.cl -concepcion@contralor
ia
.
cl
FOLIO O
NUMERACIÓN
DOCUMENTO
DE
RESPALDO
OBSERVACIONES
Y/0
COMENTARIOS
DE
LA ENTIDAD
DE
OBSERVACIÓN
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO
MATERIA
DE
LA
OBSERVACIÓN
proyecto, según lo exigido
en
la
sección
V denominada "Planificación y
Procedimientos Generales de
Administración de Contratos",
numerales 5 .3 "herramientas de
planificación para la administración de
contratos" y 5.4 "control administrativo
de los contratos durante
la
construcción", y lo indicado
en
la
sección
VI
"Metodología para
el
control
técnico de la obra
",
numeral
6.5
"procedimiento para la recepción de
obras" del decreto W 85, de 2007, del
MITO.
UNIDAD
DE
CONTROL EXTERNO
REQUERIMIENTO PARA
SUBSANAR
LA
OBSERVACIÓN MEDIDA IMPLEMENTADA Y
SOLICITADA
POR
SU
DOCUMENTACIÓN
DE
CONTRALORÍA GENERAL
EN
RESPALDO
INFORME FINAL
11
O'lligginn
ronicnto
W
7~.
Conoopoión Tolófono;
t11
a113000
www.contraloria.cl- concepcion@contraloria.cl
FOLIO O
NUMERACIÓN
DOCUMENTO
DE
RESPALDO
OBSERVACIONES
Y/0
COMENTARIOS
DE
LA
ENTIDAD
www.contra
loria
.el
...

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