Informe de investigación especial 795-17 en la Municipalidad de alto hospicio sobre presuntas irregularidades en diversas materias de personal - octubre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840024960

Informe de investigación especial 795-17 en la Municipalidad de alto hospicio sobre presuntas irregularidades en diversas materias de personal - octubre 2017

Fecha30 Octubre 2017
Número de informe795/2017
EmisorRegional Tarapacá

OBJETIVO

Efectuar una investigación especial respecto de diversas situaciones presuntamente irregulares relacionadas con el personal contratado a honorarios, personal de planta y contrata de esa entidad edilicia.

CONCLUSIONES

Se constató que la municipalidad contrató a honorarios personas que mantienen causas judiciales que les imposibilitarían desempeñarse en esa calidad, vulnerando de esta manera los dictámenes NOS. 13.542 y 23.238; ambos de 2013, y 493, de 2014, todos de la Contraloría General de la República.
Se constató algunas debilidades de control en materias de personal, tales como, la falta de manuales de procedimientos en las unidades de personal y remuneraciones, falta de formalización respecto del uso del reloj control, inexistencia de cláusulas de cumplimiento de jornada laboral en los convenios a honorarios, entre otros.
Se constató que los tres abogados a honorarios en la Unidad Jurídica, de acuerdo a lo consignado en sus convenios, desempeñan idénticas labores, sin embargo, el monto enterado a uno de los funcionarios, es muy superior en relación a los demás prestadores, por lo que es posible colegir que no se da cumplimiento al artículo 48, de la ley N° 18.695, debido a que la autoridad comunal no aplica los criterios de proporcionalidad entre el trabajo encomendado por la vía de la contratación a honorarios y las remuneraciones correlativas, resguardando los intereses patrimoniales del municipio.
De los registros de asistencia revisados, se constató que 7 funcionarios mantuvieron constantes atrasos, vulnerando el artículo 58, letra d), de la referida ley N° 18.883, y el dictamen N°...

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