Informe de investigación especial 639 de 2018, servicio de salud metropolitano central sobre eventuales irregularidades en el contrato suscrito - Doctrina Administrativa - VLEX 840029271

Informe de investigación especial 639 de 2018, servicio de salud metropolitano central sobre eventuales irregularidades en el contrato suscrito

Número de informe639/2018
Fecha14 Enero 2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto verificar la existencia de eventuales irregularidades relacionadas con la contratación de la empresa ABEX Techhology Ltda., a partir de septiembre de 2017, por parte del Hospital El Carmen, Doctor Luis Valentín Ferrada, - HEC-, para la implementación del sistema informático ERP ABEX, por instrucción del Servicio de Salud Metropolitano Central, SSMC.

Asimismo, constatar errores en la valorización de medicamentos en el citado sistema informático, además de cobros excesivos efectuados a pacientes por la aplicación de precios mal asignados.

CONCLUSIONES

-Mediante la resolución exenta No 1.649, de 8 de julio de 2015, del SSMC, se aprobó el contrató con la empresa. ABEX Techonology Ltda., para la adquisición de un software para la gestión de bodegas y abastecimiento de fármacos para los todos los establecimientos de la red del SSMC, cuyo valor total fue de $215.000.000, con una, vigencia de 24 meses, el cual finalizó el 7 de julio de 2017. Para el caso específico del HEC, la finalidad de este acuerdo era integrar el aludido software con el sistema propio que mantenía el HEC, a través de los módulos de bodega y farmacia, sin embargo, en ese período el proveedor no realizó dicha actividad en el referido hospital. Además, se comprobó que entre el 8 de julio de 2017 y el 28 de febrero de 2018, la referida empresa continuó prestando servicios sin que se celebrara algún contrato al efecto, iniciando labores en el HEC a partir de septiembre de 2017.

A su vez, a través de la resolución exenta N° 376, de 13 de marzo de 2018, de ese servicio, se aprobó un nuevo convenio con la empresa ABEX, por un período de cuatro meses más, cuya contratación se efectuó por la vía de trato directo, justificando el empleo de una causal de emergencia, por cuanto no se podían interrumpir los servicios informáticos que fueron contratados previamente, lo cual el servicio de salud no acreditó documentadamente.
Respecto de las situaciones expuestas la autoridad del servido informó que estas serían incorporadas en un sumario administrativo que se desarrolla en esa entidad.

En consecuencia, el SSMC deberá, en lo sucesivo, ajustarse a las modalidades de contratación establecidas en la ley No 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y en su reglamento, aprobado por el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, teniendo presente que cualquiera que sea la causal en que se sustente un eventual...

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